Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cabeza la Vaca. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (00639/2024)
Extracto de las bases reguladoras de las ayudas municipales por nacimiento o adopción de hijo menor de tres años para el ejercicio 2024
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Ayuntamiento de Cabeza la Vaca

Anuncio 639/2024

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Cabeza la Vaca
Cabeza la Vaca (Badajoz)
Anuncio 639/2024
Extracto de las bases reguladoras de las ayudas municipales por nacimiento o adopción de hijo menor de tres años para el
ejercicio 2024

BASES REGULADORAS DE LAS AYUDAS MUNICIPALES POR NACIMIENTO O ADOPCIÓN DE UN HIJO MENOR DE TRES AÑOS
EJERCICIO 2024
BDNS (Identif.): 744660
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/744660).
Luis David Zapata Macías, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Cabeza la Vaca, se complace en someter a la
consideración del Ayuntamiento Pleno la siguiente,
PROPUESTA
Por el Ayuntamiento de Cabeza la Vaca tiene entre sus prioridades el apoyo a las familias y a la natalidad, estableciendo,
entre otras medidas actuales o futuras, una dotación presupuestaria para financiar la convocatoria de ayudas al nacimiento
o adopción de menores de tres años.
Por ello, esta Alcaldía tiene el honor de proponer al Pleno la adopción del siguiente,
ACUERDO
Primero.- Aprobar las bases reguladoras de las ayudas municipales por nacimiento o adopción de un hijo
menor de tres años.
Segundo.- Aprobar la convocatoria abierta para el ejercicio 2024 de las Ayudas económicas por nacimiento o
adopción de menor de tres años, conforme a los siguientes extremos:
Objeto de la ayuda: Prestación económica en forma de cheques-bebé, concedida por nacimiento o adopción
de hijo menor de tres años, sucedido entre 1 de enero y 31 de diciembre de 2024.
Requisitos de los beneficiarios: Los enumerados en la base cuarta de las que rigen esta convocatoria:
Los requisitos que habrán de cumplir los solicitantes y beneficiarios de la ayuda son los que siguen:
Ser progenitor o adoptante de un niño nacido en el periodo fijado en la convocatoria de ayudas, que sea
empadronado en Cabeza la Vaca desde su nacimiento o adopción.
Ser español o extranjero con residencia legal en España.
Los extranjeros residentes en Cabeza la Vaca podrán beneficiarse de esta prestación siempre que cumplan las
condiciones de la Ley Orgánica, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su
integración social.
Estar empadronados y residir todos los miembros de la unidad familiar en domicilio de Cabeza la Vaca,
durante un año consecutivo inmediatamente anterior al hecho que dé derecho a la obtención de la ayuda
solicitada. Se entenderá por unidad familiar el conjunto de las personas relacionadas en el Libro de Familia.
No obstante lo anterior, no se exigirá el requisito de antigüedad a uno de los progenitores, siempre que
acredite su empadronamiento con anterioridad a la solicitud de ayuda y, en el caso de la segunda entrega,
mantenga su condición de vecino.
No estar incurso en causa de prohibición para la obtención de ayudas públicas.
No haber sido privados total o parcialmente de la patria de potestad de sus hijos o cuya tutela haya sido
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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