Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Políticas Sociales y Cooperación Internacional al Desarrollo (Badajoz). (00617/2024)
Bases específicas con convocatoria reguladoras de subvenciones de la Diputación de Badajoz destinadas a entidades sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos de acción social en la provincia de Badajoz, durante el ejercicio económico 2024
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Área de Políticas Sociales y Cooperación Internacional al Desarrollo

Anuncio 617/2024

donde difundan la actividad subvencionada, haciendo constar siempre la imagen corporativa
de esta Diputación. De todo ello deberán dejar constancia en la memoria que aporten con la
justificación.
En lo relativo a la difusión y publicidad de las subvenciones concedidas por Diputación de
Badajoz se estará a lo dispuesto en el nuevo manual de difusión de la actividad subvencionada
que se encuentra disponible en la página web de Diputación de Badajoz, en el apartado
"subvenciones"
o
en
el
siguiente
enlace:
https://www.dip-badajoz.es/diputacion/subvenciones/index.php.
Si la entidad beneficiaria quisiera aportar acreditación documental de las actividades
realizadas, mediante la presentación de imágenes correspondientes a cartelería, folletos,
fotografías, vídeos u otros soportes digitales con un tamaño superior al permitido por la sede
electrónica solicitará al correo ofsubvenciones@dip-badajoz.es, la autorización para el acceso a
la plataforma de intercambio de documentación MERCURIO para su aportación. No se admitirá
la aportación física de esta documentación.
e) Comunicar a la Diputación de Badajoz la concesión al proyecto subvencionado de otras
subvenciones por parte de cualquier otra institución pública o privada. En caso de que con ellas
se supere el coste total del proyecto, la entidad beneficiaria está obligada a reintegrar dicho
sobrante a la Diputación de Badajoz.
f) Participar en las campañas provinciales de sensibilización y divulgación llevadas a cabo por
Diputación de Badajoz, así como en otras actuaciones que se estimen para divulgar y
comunicar a la ciudadanía los resultados de los proyectos subvencionados.
g) Comunicación a la Diputación de Badajoz a través del correo psocial@dip-badajoz.es de
cualquier acto público de presentación (rueda de prensa, presentaciones, etc.) que pueda
realizarse con motivo de la realización del proyecto para que la Diputación de Badajoz pueda
estar presente en el mismo.
h) Cualquier otra obligación establecida en las presentes bases.

Base 10: Justificación de la subvención. Estructura y alcance.
Con carácter general, en la justificación de la subvención se estará a lo establecido en la base 5. Al tratarse de subvenciones
concedidas por importe inferior a 60.000,00 €, y conforme al artículo 75 del Reglamento de la Ley 38/2003, se prevé la
cuenta justificativa simplificada como documento con validez jurídica para la justificación, con las peculiaridades y
características que a continuación se detallan:
Plazo de justificación.
La justificación de la subvención otorgada habrá de efectuarse con fecha límite del 15 de marzo de 2025.
Forma de remisión de la justificación.
El expediente justificativo se remitirá a través de medios electrónicos mediante su presentación a través del Registro
electrónico ubicado en la sede electrónica de la Diputación de Badajoz.
El acceso a la sede electrónica deberá realizarse con certificado digital de representación de la entidad emitido a favor de
el/la representante legal de la misma. Los pasos a seguir para realizar el acceso son:
1. Entrar en la sede electrónica en la siguiente dirección:
https://sede.dip-badajoz.es/.
2. Acceder como ciudadano.
3. En trámites por delegaciones para ciudadanos y empresas, seleccionar Políticas Sociales y Cooperación
Internacional.
4. Seleccionar el trámite "Remisión de documentación para la Justificación de Subvención destinada a Acción
Social 2024".
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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