Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Ahillones. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (00611/2024)
Aprobación definitiva de modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación del servicio de pisos tutelados y centro de día
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Ayuntamiento de Ahillones

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Ahillones
Ahillones (Badajoz)
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Aprobación definitiva de modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación del servicio de pisos
tutelados y centro de día

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión extraordinaria celebrada el día 19 de diciembre de 2023, adoptó acuerdo inicial de
modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación del servicio de pisos tutelados y centro de día de
titularidad municipal de Ahillones, que ha resultado definitivo al no haberse presentado reclamaciones.
Cuyo texto íntegro de la modificación se hace público, en cumplimiento del artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004,
de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, pudiendo
interponerse contra la misma recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en el
plazo de 2 meses contados desde la publicación del presente anuncio. No obstante, con carácter previo y potestativo, se
podrá formular recurso de reposición ante el Pleno de la Corporación en el plazo de un mes desde la fecha de publicación
del anuncio.
De formularse recurso de reposición el plazo para interponer contencioso-administrativo se contará desde el día siguiente a
aquel en que se notifique la resolución expresa del recurso de reposición, o desde aquel en que deba entenderse
presuntamente desestimado.
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE PISOS TUTELADOS Y CENTRO DE DÍA DE
TITULARIDAD MUNICIPAL DE AHILLONES
Artículo 1.- Fundamento legal.
En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la constitución y por el artículo 106 de la Ley 7/1985, de
2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y de conformidad con lo establecido en los artículos 15 a 19 del Real
Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales, se establece la tasa por prestación del servicio de pisos tutelados y centro de día de titularidad municipal de
Ahillones.
Artículo 2.- Hecho imponible.
El hecho imponible de la tasa reguladora por esta Ordenanza, está constituido por la prestación de un servicio o realización
de una actividad administrativa consistente en la prestación del servicio de pisos tutelados y centro de día de titularidad
municipal de Ahillones.
Los gastos de farmacia o parafarmacia (pañales, salva camas, productos para aseo personal, etc.), serán costeados por el
usuario, así como cualquier otro servicio extra que pudiera ofertar el centro (peluquería, podología, fisioterapia,
acompañamiento dentro y fuera de la localidad etc.).
Artículo 3.- Obligados al pago.
Están obligados al pago de la tasa por prestación del servicio de pisos tutelados y centro de día de titularidad municipal de
Ahillones quienes se benefician de los servicios o actividades definidas en el artículo 2.º de la presente Ordenanza.
En su caso, serán responsables de pago de la tasa, los padres o tutores de quienes encontrándose bajo su patria potestad o
tutela, descendientes o familiares, conforme a los artículos 154 y 206 y 55 del Código Civil, se beneficien de los servicios o
actuaciones definidas en el artículo 3.º de la presente Ordenanza.
Artículo 4.- Tarifas.
- Pisos tutelados:
Tarifas para nuevos residentes en plazas libres y vinculadas:
Los nuevos residentes del centro residencial que se incorporen a partir de la
entrada en vigor de la presente Ordenanza abonarán las siguientes cuantías
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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