Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Presidencia y Relaciones Institucionales. Secretaría General (Badajoz). (00610/2024)
Texto consolidado del Reglamento regulador de la prestación de servicios en régimen de teletrabajo, en la Diputación de Badajoz y sus entidades vinculadas y dependientes
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Área de Presidencia y Relaciones Institucionales

Anuncio 610/2024

Artículo 1.- Objeto.
Artículo 2.- Definición.
Artículo 3.- Regulación del teletrabajo.
3.1. Delimitación de los puestos de trabajo susceptibles de ser realizados en la modalidad de teletrabajo.
3.2. Comisión Técnica de Teletrabajo.
Artículo 4.- Requisitos de los/as solicitantes.
Artículo 5.- Procedimiento para la adjudicación del desempeño de puestos mediante la modalidad de teletrabajo.
Artículo 6.- Baremo.
Artículo 7.- Causas de denegación de la solicitud.
Artículo 8.- Duración de la modalidad no presencial mediante la fórmula del teletrabajo.
Artículo 9.- Distribución de la jornada.
Artículo 10.- Periodos excepcionales de teletrabajo.
Artículo 11.- Determinación de tareas y resultados.
Artículo 12.- Derechos y deberes.
Artículo 13.- Suspensión temporal.
Artículo 14.- Revocación por la diputación y finalización a instancias del/la empleado/a.
Artículo 15.- Incorporación a la modalidad presencial.
Artículo 16.- Equipamiento.
Artículo 17.- Protección de datos de carácter personal.
Artículo 18.- Prevención de riesgos laborales.
Articulo 19. Formación.
Artículo 20.- Establecimiento de la prestación de servicios en modalidad de teletrabajo por situaciones extraordinarias o
excepcionales de la institución.
Disposición adicional única.- Normas convencionales.
Disposición final primera.- Habilitación de desarrollo.
Disposición final segunda.- Modelos e instrucciones.
Disposición final tercera.- Entrada en vigor.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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