Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Badajoz. Inmobiliaria Municipal de Badajoz. Secretaría General (Badajoz). (00544/2024)
Bases reguladoras y convocatoria para la concesión de ayudas "Programa Barrio Casco Antiguo", en el municipio de Badajoz
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Inmobiliaria Municipal de Badajoz

Anuncio 544/2024

predominante residencial y viviendas, incluidas las viviendas unifamiliares y de urbanización o reurbanización de espacios
dentro del ámbito de actuación denominados Entorno Residencial de Rehabilitación Programada (ERRP-01) "Casco Antiguo".
A efectos de la presente convocatoria, las actuaciones subvencionables deberán realizarse en los edificios y viviendas
situados en el ámbito que comprende los límites Sur y Este del ámbito del Plan Especial donde se produce la transición de la
ciudad histórica y la ciudad moderna, con los límites que figuran en el plano incorporado a la presente convocatoria como
anexo I. Dicha delimitación es la que configura el ERRP-01.
3. Procedimiento de concesión.
El procedimiento de concesión de las ayudas es el de concurrencia simple y se realizará de acuerdo con lo establecido en los
artículos 22.2 y 28 de la Ley General de Subvenciones.
Las solicitudes se seleccionarán, atendiendo al orden de su presentación, siempre y cuando se cumplan los requisitos y
condiciones exigidas para ser beneficiario de la actuación solicitada. De esta forma, cualquier solicitante que cumpla los
requisitos y condiciones exigidas, y siempre que existan disponibilidades presupuestarias, podrá ser beneficiario de los
incentivos regulados en este Programa por el orden en que se registre la entrada de su solicitud.
La oficina de rehabilitación se gestionará a través de la Inmobiliaria Municipal de Badajoz con personal propio o con la
contratación de nuevo personal para reforzar su estructura.
La inmobiliaria municipal tiene experiencia en gestionar ayudas en el casco Antiguo como son las ayudas del Programa
Municipal de Ayudas a la Rehabilitación y Revitalización del Casco Antiguo. Se trata de un programa de ayudas económicas,
dotado anualmente por el Excmo. Ayuntamiento de Badajoz, que se gestiona desde las oficinas de INMUBA en la plaza Alta y
que estimula la intervención de la iniciativa privada en actuaciones rehabilitadoras y de nueva construcción.
4. Destinatarios de las ayudas.
1. Podrán ser destinatarios de las ayudas:
a) Los propietarios o usufructuarios de viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila, y de
edificios existentes de tipología residencial de vivienda colectiva, bien sean personas físicas o
bien tengan personalidad jurídica de naturaleza privada, incluidas las cooperativas.
b) Las comunidades de propietarios, o las agrupaciones de comunidades de propietarios
constituidas conforme a lo dispuesto por el artículo 5 de la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre
propiedad horizontal.
2. Los destinatarios de las ayudas podrán ceder el cobro de estas al agente o gestor de la rehabilitación. En
este caso se acreditará dicha cesión mediante acuerdo formalizado entre el agente o gestor de la
rehabilitación y la propiedad, comunidad de propietarios o agrupación de comunidades de propietarios.
5. Requisitos de los edificios objeto de las actuaciones.
Los edificios para los que se solicite ayudas deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Disponerde proyecto de las actuaciones a realizar o, caso de no ser exigible, memoria valorada suscrita por
técnico competente y adaptada al Código Técnico de la Edificación (CTE) y demás normativa de aplicación. En
ambos casos, deberá incluirse el libro de edificio existente para la rehabilitación o, en su defecto, un estudio
sobre el potencial de mejora del edificio o vivienda en relación con los requisitos básicos definidos en la Ley
38/99, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación y un plan de actuaciones en el que se identifique la
actuación y mejora propuesta. Los proyectos o memorias deberán disponer de un anexo donde se justificará
el cumplimiento de los aspectos contemplados en el Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, que a
continuación se determinan.
1.º.- Que el diseño del edificio y las técnicas de construcción apoyen la circularidad y en
particular, se demuestra, con referencia a la ISO 20887 u otras normas para evaluar la
capacidad de desmontaje o adaptabilidad de los edificios.
2.º.- Que el proyecto incluye un estudio de gestión de residuos de construcción y demolición
que se desarrollará posteriormente en el correspondiente plan de gestión de residuos de
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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