Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalvillar de Pela. Instituto Municipal de Servicios Sociales (Badajoz). (00563/2024)
Plan de medidas contra el fraude en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia para la Gestión de Fondos Europeos del Ayuntamiento de Navalvillar de Pela
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Ayuntamiento de Navalvillar de Pela

Anuncio 563/2024

o de personas allegadas. Tendrán, así mismo, el deber de velar por su conservación.
6. Se rechazará cualquier regalo, favor o servicio en condiciones ventajosas que vaya más allá de los usos
habituales, sociales y de cortesía, sin perjuicio de lo establecido en el Código Penal.
7. Garantizarán la constancia y permanencia de los documentos para su transmisión y entrega a sus
posteriores responsables.
8. Mantendrán actualizada su formación y cualificación.
9. Observarán las normas sobre seguridad y salud laboral.
10. Pondrán en conocimiento de sus superiores o de los órganos competentes las propuestas que consideren
adecuadas para mejorar el desarrollo de las funciones de la unidad en la que estén destinados. A estos
efectos se podrá prever la creación de la instancia adecuada competente para centralizar la recepción de las
propuestas de los empleados públicos o administrados que sirvan para mejorar la eficacia en el servicio.
11. Garantizarán la atención al ciudadano en la lengua que lo solicite siempre que sea oficial en el territorio.
Con independencia de lo establecido en el Estatuto Básico del Empleado Público, las personas que ejerzan
tareas de gestión, seguimiento y/o control que participen en la ejecución de las medidas del PRTR, prestarán
especial atención en el cumplimiento del presente Código Ético y de Conducta en los siguientes aspectos y
fases del procedimiento de gestión de proyectos financiados con fondos del MRR:
1. Se llevará a cabo el cumplimiento riguroso de la legislación de la Unión, nacional y/o regional
aplicable en la materia de que se trate, especialmente en las materias siguientes:
* Elegibilidad de los gastos.
* Contratación pública.
* Regímenes de ayuda.
* Información y publicidad.
* Medio Ambiente.
* Igualdad de oportunidades y no discriminación.
2. Las personas empleadas públicas relacionadas con la gestión, seguimiento y control de los
fondos del MRR ejercerán sus funciones basándose en la transparencia, un principio que
implica claridad y veracidad en el tratamiento y difusión de cualquier información o datos que
se den a conocer, tanto interna como externamente.
Este principio obliga a responder con diligencia a las demandas de información, todo ello sin
comprometer, de ningún modo, la integridad de aquella información que pudiera ser
considerada sensible por razones de interés público.
3. Se tendrá especial cuidado en cumplir el principio de transparencia:
* Cuando se den a conocer y comuniquen los resultados de procesos de
concesión de ayudas financiadas por los fondos del MRR.
* Durante el desarrollo de los procedimientos de contratación.
4. El cumplimiento del principio de transparencia no irá en detrimento del correcto uso que el
personal debe de hacer de aquella información considerada de carácter confidencial, como
pueden ser datos personales o información proveniente de empresas y otros organismos,
debiendo abstenerse de utilizarla en beneficio propio o de terceros, en pro de la obtención de
cualquier trato de favor o en perjuicio del interés público.
5. Existirá conflicto de intereses cuando el ejercicio imparcial y objetivo por parte del personal
empleado público de las funciones relacionadas con los fondos del MRR, se vea comprometido
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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