Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Malcocinado. Instituto Municipal de Servicios Sociales (Badajoz). (00581/2024)
Aprobación definitiva de la Ordenanza fiscal número 12, reguladora de la tasa por la utilización de casas de baño, duchas, piscinas, balnearios e instalaciones deportivas y otros servicios análogos
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Ayuntamiento de Malcocinado

Anuncio 581/2024

normas con rango de Ley, excepto los expresamente contemplados en el anexo, si los hubiere.
Artículo 9. Infracciones y sanciones tributarias.
En todo lo relativo a la calificación de infracciones tributarias y sanciones, además de lo previsto en esta Ordenanza, se
estará a lo dispuesto en los artículos 77 y siguientes de la Ley General Tributaria y demás normativa aplicable.
ANEXO
Las tarifas a aplicar serán las siguientes:
Epígrafe primero. Piscinas municipales.
A) Por la entrada personal diaria a las piscinas en días laborables, excepto sábados:
Número 1. De personas mayores de 15 años: 2,00 €.
Número 2. De personas hasta 14 años: 1,50 €.
B) Por la entrada personal diaria a las piscinas en días festivos, domingos y sábados:
Número 1. De personas mayores de 15 años: 2,50 €.
Número 2. De personas hasta 14 años: 2,00 €.
C) Bonos de temporada:
Número 1. De personas mayores de 15 años: 45,00 €.
Número 2. De personas hasta 14 años: 30,00 €.

DISPOSICIÓN ADICIONAL
Una vez se efectúe la publicación del texto integro de la presente Ordenanza en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz,
entrará en vigor, al día siguiente de su publicación, continuando su vigencia hasta que se acuerde su modificación o
derogación.
Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo,
ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura con sede en Cáceres, en el
plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46
de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Malcocinado, a fecha de la fecha digital.- El Alcalde-Presidente, Juan Antonio Ruiz Vizuete.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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