Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alburquerque. (00560/2024)
Aprobación definitiva de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación de servicios de enseñanzas especiales en establecimientos docentes de ésta entidad local (Escuela de Música)
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Ayuntamiento de Alburquerque

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Alburquerque
Alburquerque (Badajoz)
Anuncio 560/2024
Aprobación definitiva de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación de servicios de enseñanzas especiales en
establecimientos docentes de ésta entidad local (Escuela de Música)

APROBACIÓN DEFINITIVA
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a
definitivo el acuerdo plenario inicial aprobatorio de modificación de la Ordenanza reguladora de la tasa por prestación de
servicios de enseñanzas especiales en establecimientos docentes de esta entidad local (Escuela de Música), cuyo texto
íntegro se hace público, para general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985,
de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE ENSEÑANZAS ESPECIALES EN
ESTABLECIMIENTOS DOCENTES DE ESTA ENTIDAD LOCAL (ESCUELA DE MÚSICA)
Artículo 1.- Establecimiento de la tasa y normativa aplicable.
En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución Española y por el artículo 106 de la Ley
7/1985, de 2 de abril reguladora de las Bases de Régimen Local, y de conformidad con lo previsto en los artículos 15 a 27 del
Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas
Locales, este Ayuntamiento establece la tasa por prestación de servicios de enseñanzas especiales en establecimientos
docentes de esta entidad local (Escuela de Música), que se regirá por la presente Ordenanza fiscal, cuyas normas atienden a
lo prevenido en el artículo 57 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, especificadas en las tarifas contenidas en el artículo 3
siguiente, que se regirá por la presente Ordenanza.
Artículo 2.- Hecho imponible.
Constituye el hecho imponible de la tasa, la prestación del servicio de enseñanzas especiales de música de la Escuela de
Música del Ayuntamiento de Alburquerque.
Artículo 3.- Sujetos pasivos.
Son sujetos pasivos de la tasa regulada en esta Ordenanzas quienes se beneficien de los servicios o actividades, prestados o
realizados por esta entidad local, a que se refiere los artículos anteriores, ya sea para si mismo o para un tercero.
Artículo 4.- Cuantía.
La presente Ordenanza se regulará de acuerdo con la tarifa que figura en el correspondiente anexo.
Artículo 5.- Obligación de pago.
La obligación de pago de la tasa regulada en esta Ordenanza nace por la participación en las Escuelas Municipales de
Música.
Artículo 6.- Responsable.
Responderán solidariamente de las obligaciones tributarias del sujeto pasivo las personas físicas y jurídicas a que se refieren
los artículos 38.1 y 39 de la Ley General Tributaria.
Serán responsables subsidiarios los administradores de las sociedades y los síndicos, interventores o liquidadores de
quiebras, concursos, sociedades y entidades en general, en los supuestos y con el alcance que señala el artículo 40 de la Ley
General Tributaria.
Artículo 7.- Cuota tributaria.
Las tarifas a aplicar serán las establecidas en el anexo.
Artículo 8.- Normas de gestión y recaudación.
Estarán obligados al pago de la tasa que se establece los sujetos pasivos que se beneficien del uso, disfrute o utilización de
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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