Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Guareña. Área de Presidencia y Relaciones Institucionales. Secretaría General (Badajoz). (00541/2024)
Extracto de las bases reguladoras de la campaña bonos-consumo comercio de Guareña 2024
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Ayuntamiento de Guareña

Anuncio 541/2024

1. Periodo subvencionable: Los gastos subvencionables comprenderán todos aquellos soportados y pagados
en el periodo comprendido entre 1 de octubre de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2023. En su caso, los
gastos se prorratearán al citado periodo.
2. Gastos subvencionables: Serán objeto de subvención los siguientes gastos vinculados directamente a las
actividades empresariales y dentro del periodo subvencionable.
a) Gastos de seguros vinculados a la empresa.
b) Gastos en suministros de energía eléctrica y comunicaciones (internet, teléfono, etc.):
siempre vinculados al local donde se desarrolla la actividad.
c) Gastos en concepto de arrendamiento del local comercial.
d) Intereses de préstamos hipotecarios de inmuebles vinculados a la actividad empresarial.
e) Gastos de gestión y asesoramiento, gestión administrativa (laboral, seguridad social, tributos,
etc…) y asesoramiento jurídico, económico y contable.

Cuarta.- Cuantías máximas de la subvención.
Se subvencionará el 100% del total de los gastos subvencionables justificados y debidamente pagados, incluidos los
impuestos indirectos, hasta un importe máximo individualizado por persona o entidad beneficiaria de ochocientos euros
(800,00 €)
Quinta.- Plazo de presentación de solicitudes.
La presentación de solicitudes podrá efectuarse a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la publicación del
extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz y durante los siguientes diez (10) días hábiles.
Las solicitudes presentadas fuera del plazo señalado serán, con carácter general, inadmitidas.
Sexta.- Solicitud y documentación.
La solicitud de la subvención y su justificación se realizará físicamente en el Registro del Ayuntamiento:
1.- La solicitud de subvención se efectuará mediante el modelo normalizado que se adjunta en el anexo II, que se podrá
descargar de la página web del Ayuntamiento de Guareña www.aytoguarena.es.
2. Lugar de presentación: El anexo II de solicitud, debidamente cumplimentado, junto con la documentación justificativa
requerida, será presentada de la siguiente manera:
A.- En la sede electrónica del Ayuntamiento https://guarena.sedelectronica.es.
B.- En el Registro del Ayuntamiento de Guareña en horario de 9:00 a 14:00 horas o por cualquiera de los medios
establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Guareña, a fecha de la firma digital.- Concejal Delegada de Hacienda, Régimen Interior, Seguridad Ciudadana e Industria,
María Soledad Heras Moras.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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