Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Guareña. Área de Presidencia y Relaciones Institucionales. Secretaría General (Badajoz). (00532/2024)
Bases reguladoras de la campaña bonos-consumo comercio de Guareña 2024
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Ayuntamiento de Guareña

Anuncio 532/2024

Novena.- Publicidad de las bases de la convocatoria y plazo de presentación de solicitudes.
a) Lugar de publicación: De conformidad con lo previsto en el artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones la información relativa a la presente Convocatoria será remitida a la
Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) la cual servirá de medio electrónico para el cumplimiento de
las obligaciones de publicidad contenidas en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la
información pública y buen gobierno.
El extracto de convocatoria se publicará también en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz.
Las presentes bases se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, en el tablón de anuncios situado en las
dependencias municipales y en el tablón de edictos electrónico del Ayuntamiento y en su página Web: www.aytoguarena.es
b) Plazo de presentación: La presentación de solicitudes será de 10 días hábiles contados a partir del día
siguiente a aquél en que tenga lugar la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la
Provincia de Badajoz.
Las solicitudes presentadas fuera del plazo señalado serán, con carácter general, inadmitidas.
Decima.- Consignación presupuestaria.
El crédito presupuestario total máximo para la subvención es de 12.000,00 €, que figura consignado en la aplicación
presupuestaria 0106.430.489.37 del presupuesto del ejercicio económico 2024.
Décimoprimera.- Solicitud y documentación.
La solicitud de la subvención y su justificación se realizará físicamente en el registro del Ayuntamiento:
1.- La solicitud de subvención se efectuará mediante el modelo normalizado que se adjunta en el anexo II, que
se podrá descargar de la página web del Ayuntamiento de Guareña www.aytoguarena.es o se podrá recoger
impreso en el propio Ayuntamiento.
2.- Lugar de presentación: El anexo II de solicitud, debidamente cumplimentado, junto con la documentación
justificativa requerida, será presentada de la siguiente manera:
A.- En la sede electrónica del Ayuntamiento https://guarena.sedelectronica.es
B.- En el Registro del Ayuntamiento de Guareña en horario de 9:00 a 14:00 horas o por
cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/15 de 1 de octubre de
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
3.- La documentación que debe acompañar a la solicitud (anexo II: cuenta justificativa del gasto
subvencionable) es la siguiente:
A) Del beneficiario o del representante
A.1.- En caso de persona física:
a) DNI por las dos caras o TIE acompañado del pasaporte, si lo indica.
b) Certificado actualizado de situación censal que indique la actividad económica
con su fecha de alta, el domicilio fiscal y el local de desarrollo de la actividad.
c) Resolución/certificación del alta en el régimen especial de autónomos.
A.2.- Personas jurídicas, sociedad civil, comunidad de bienes u otras entidades económicas sin
personalidad jurídica:

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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