Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Zafra. Área de Presidencia y Relaciones Institucionales. Secretaría General (Badajoz). (00526/2024)
Aprobación del Reglamento de funcionamiento de la Mesa General de Negociación de las/los empleadas/os públicas/os del Ayuntamiento de Zafra
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Ayuntamiento de Zafra

Anuncio 526/2024

incumplimientos de pactos y/o acuerdos, las partes podrán instar la intervención de un/a mediador/a que será nombrado/a
de común acuerdo y podrá formular la propuesta correspondiente.
La negativa de las partes a aceptar las propuestas presentadas por el mediador/a deberán ser razonadas y por escrito.
CAPÍTULO V.- LA REFORMA Y DENUNCIA
Artículo 17.- Reforma del Reglamento.
Para la reforma de este Reglamento se aplicarán las mismas normas que para la adopción de acuerdos.
Artículo 18.- Denuncia del Reglamento.
El presente Reglamento tiene duración indefinida. No obstante, podrá ser denunciado por cualquiera de las partes, que
deberá efectuarse con 3 meses de antelación y hasta tanto se apruebe uno nuevo, se mantendrá en vigor su contenido.
Disposición adicional primera.
Las variaciones en la representatividad sindical, a efectos de modificación en la composición de las Mesas de Negociación,
serán acreditadas por las organizaciones sindicales interesadas, mediante el correspondiente certificado de la Oficina
Pública de Registro competente, cada 2 años a partir de la fecha inicial de constitución de las citadas mesas.
Disposición adicional segunda.
El presente Reglamento, una vez aprobado, será de aplicación en todo su contenido al funcionamiento de los órganos
colegiados de negociación o estudio creados o que puedan crearse y en concreto a la Mesa de Funcionarios, a la Comisión
Paritaria de Control, Desarrollo y Seguimiento del Acuerdo Convenio y a las Mesas Técnicas. Este carácter supletorio
continuará hasta el momento en que se negocien y aprueben los reglamentos correspondientes de estos órganos
colegiados.
En caso de discrepancias en su aplicación concreta se estará al acuerdo que se adopte por el órgano colegiado en el que
aparezcan tales discrepancias, adoptado conforme a lo establecido en el presente Reglamento.
Disposición final.
El presente Reglamento, aprobado definitivamente por la Mesa General de Negociación entrará en vigor al día siguiente de
su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz".
En Zafra, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Juan Carlos Fernández Calderón.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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