Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Medellín. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (00432/2024)
Bases reguladoras que han de regir el procedimiento de selección de una plaza de Arqueólogo temporal
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Ayuntamiento de Medellín

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d) Estar en posesión de la titulación exigida legalmente para el puesto de Arqueología.
Cuarto.- Solicitudes.
En las solicitudes para tomar parte en el proceso selectivo, se deberán consignar nombre y apellidos,
domicilio y número del Documento Nacional de Identidad y manifestar que se reúnen todos y cada uno de los
requisitos exigidos en la base segunda de la convocatoria, referidos siempre a la fecha de expiración del plazo
señalado para la presentación de las mismas, y se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de
Medellín, presentándose en el registro general del Ayuntamiento durante el plazo de 10 días hábiles,
contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el BOP de Badajoz. La
no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del/a aspirante.
Las solicitudes también podrán presentarse en la forma que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En la solicitud deberá consignarse la relación de méritos a valorar y acompañarse copia de la documentación
acreditativa de los mismos. No se valorarán méritos no alegados en la solicitud y no acreditados
documentalmente dentro del plazo de presentación de solicitudes.
Quinta.- Admisión de aspirantes.
Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la Alcaldía aprobará mediante resolución, dentro de los cinco
días siguientes, la lista provisional de personas admitidas y excluidas, que se hará pública en el tablón de
edictos y en la sede electrónica del Ayuntamiento, y en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz,
concediéndose un plazo de 5 días hábiles para su subsanación, entendiéndose caducado este derecho por el
transcurso del plazo sin efectuar aquéllas y considerándose definitivas las listas provisionales si no hay
alegaciones.
En la misma resolución que apruebe definitivamente las listas se indicará fecha, lugar y hora de comienzo de
las pruebas, así como la composición del Tribunal Calificador. La lista definitiva de personas admitidas y
excluidas se publicará en la sede electrónica y en el tablón de edictos del Ayuntamiento. No obstante, si en
cualquier momento posterior a la aprobación de la lista definitiva, incluso durante la celebración de las
pruebas, se advierte en alguna solicitud inexactitud o falsedad que fuera causa de exclusión, ésta se
considerará defecto insubsanable y se resolverá dicha exclusión.
Los sucesivos anuncios relacionados con el desarrollo del proceso selectivo se publicarán únicamente en el
tablón de anuncios de la sede física y electrónica de este Ayuntamiento.
Sexta.- Tribunal Calificador.
El Tribunal Calificador tendrá se ajustará a lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público, y sus miembros serán funcionarios de carrera con nivel de titulación igual o superior al
exigido para la plaza objeto de la presente convocatoria. Uno de ellos como mínimo pertenecerá a la
Dirección General de Patrimonio de la Junta de Extremadura.
Las organizaciones sindicales que formen parte de la mesa de negociación correspondiente recibirán
información sobre el desarrollo del proceso selectivo, pudiendo participar como observadores/as en todas las
fases y actos que integran dicho proceso, excepto en aquellos en los que se delibere, decida y materialice el
contenido de las pruebas antes de su realización.
El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 40/2015, de
1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, estando sus miembros, así como el personal asesor,
sujetos a los supuestos de abstención y recusación previstos en los artículos 23 y 24 de la citada norma.
Octava.- Selección, pruebas selectivas y su desarrollo.
La selección se realizará por un procedimiento de oposición libre o concurso (máximo 14 puntos).
Fase de oposición libre.
Las pruebas selectivas a celebrar para el acceso a la plaza que se convoca son las siguientes:

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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