Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Guareña. Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo (Badajoz). (00365/2024)
Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno para el programa de formación en alternancia con el empleo de la Escuela Profesional Dual de Empleo "Valdetorres-Guareña 2023"
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Ayuntamiento de Guareña

Anuncio 365/2024

c) Un día por traslado del domicilio habitual.
d) Por el tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal,
comprendido el ejercicio del sufragio activo. Cuando conste en una norma legal o convencional un periodo
determinado, se estará a lo que esta disponga en cuanto a duración de la ausencia y a su compensación
económica.
Se entenderán por deberes inexcusables de carácter público y personal los siguientes:
La asistencia a consulta médica, que deberá acreditarse mediante parte del facultativo en la que se
hagan constar las horas de asistencia, consulta y en todo caso aquellas indicaciones que pudieran
afectar al desempeño de su trabajo.
El acompañamiento a consulta médica de hijos menores de edad o personas bajo su custodia legal,
que deberá acreditarse mediante parte del facultativo en la que se hagan constar las horas de citación
y consulta.
La celebración de exámenes (permiso de conducir, oposiciones, exámenes de centros oficiales de
formación), que deberán acreditarse mediante permiso del órgano competente en la que se hagan
constar las horas de inicio y finalización.
La renovación del DNI o carnet de conducir, que deberán acreditarse mediante las citaciones
correspondientes.
La comparecencia a demanda de juzgados, que deberá acreditarse mediante la citación
correspondiente.
Aquellos otros reconocidos por norma legal o convencional.
No se concederá permiso retribuido para la realización de cualesquiera actividades anteriores cuando puedan
llevarse a cabo en horario distinto de la jornada de trabajo.
e) Para realizar funciones sindicales o de representación del personal en los términos establecidos legal o
convencionalmente.
f) Por el tiempo indispensable para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto
que deban realizarse dentro de la jornada de trabajo.
g) Lactancia de un hijo menor de doce meses, tendrán derecho a una hora de ausencia del trabajo, que
podrán dividir en dos fracciones. Con la misma finalidad, la madre puede sustituir este derecho por una
reducción de su jornada en media hora. Este permiso podrá ser disfrutado indistintamente por la madre o el
padre en caso de que ambos trabajen.
h) Quien por razones de guarda legal tenga a su cuidado directo algún menor de doce años o un minusválido
físico, psíquico o sensorial, que no desempeñe una actividad retribuida, tendrá derecho a una reducción de la
jornada de trabajo, con la disminución proporcional del salario entre, al menos, un octavo y un máximo de la
mitad de la duración de aquella. Tendrá el mismo derecho quien precise encargarse del cuidado directo del
cónyuge o pareja de hecho, o de un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, incluido el
familiar consanguíneo de la pareja de hecho, que por razones de edad, accidente o enfermedad no pueda
valerse por sí mismo, y que no desempeñe actividad retribuida.
i) La persona trabajadora tendrá derecho a ausentarse del trabajo por causa de fuerza mayor cuando sea
necesario por motivos familiares urgentes relacionados con familiares o personas convivientes, en caso de
enfermedad o accidente que hagan indispensable su presencia inmediata.
Las personas trabajadoras tendrán derecho a que sean retribuidas las horas de ausencia por las causas previstas en el
presente apartado equivalentes a cuatro días al año, conforme a lo establecido en convenio colectivo o, en su defecto, en
acuerdo entre la empresa y la representación legal de las personas trabajadoras aportando las personas trabajadoras, en su
caso, acreditación del motivo de ausencia.
◦ Días de libre disposición.
Los trabajadores tendrán derecho a los días de libre disposición que la entidad promotora otorgue a sus empleados por
cuenta ajena.
Deberán solicitarse por escrito en plazo no inferior a cuatro días, según modelo facilitado por la Dirección del proyecto y en
ningún caso podrán acumularse a periodos vacacionales.
La Dirección podrá denegar su concesión cuando se acumulen para una misma jornada peticiones que superen el 30% de la
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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