Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Guareña. Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo (Badajoz). (00365/2024)
Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno para el programa de formación en alternancia con el empleo de la Escuela Profesional Dual de Empleo "Valdetorres-Guareña 2023"
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Ayuntamiento de Guareña

Anuncio 365/2024

organización que están presentes en este tipo de programas cuya misión es ofrecer una formación de calidad,
personalizada, que propicie la adquisición de certificados de profesionalidad y una práctica laboral a través de
la ejecución de una obra o servicio de interés social directamente relacionada con las especialidades
formativas de cada proyecto, desarrollando las capacidades y destrezas del alumnado, así como su capacidad
emprendedora.
2. La organización general corresponderá a dos niveles:
El institucional: La máxima responsabilidad institucional de los proyectos corresponderá al Excmo.
Ayuntamiento de Guareña como entidad promotora y contratante, cargo que compartirá con el
organismo responsable de la Junta de Extremadura, que puede ser el SEXPE u otro departamento, que
ejercerá de órgano gestor de la subvención concedida para la puesta en marcha del proyecto en los
términos que marca la legislación y la normativa publicada al efecto.
El interno: La organización interna de los proyectos se asentará sobre el equipo directivo-docente,
entendido este como órgano de trabajo colectivo.
6.2.- Organización operativa.
Las responsabilidades internas o específicas de cada proyecto se reparten en tres planos, cada uno de los cuales se
formaliza en los organigramas específicos a través de los órganos de funcionamiento y participación. El Claustro, la Comisión
de Convivencia y la Asamblea General del Alumnado.
6.2.1.- Claustro.
Es el órgano propio de participación de todo el personal directivo, docente y de apoyo y está presidido por el director-gestor.
Son competencias del Claustro:
Programar las actividades formativas.
Fijar y coordinar criterios sobre la evaluación de los alumnos.
Promover iniciativas en el ámbito de la formación.
Elaboración, coordinación y seguimiento del plan de inserción laboral y plan de actuación coordinación colaboración
con las empresas.
Supervisión, coordinación y seguimiento del proyecto aprendizaje-servicio.
El Claustro se reunirá una vez al mes y con carácter extraordinario cuando así lo decida la Dirección o lo solicite, al menos,
un tercio de sus componentes. La asistencia a las reuniones del Claustro es obligatoria. Los delegados de cada especialidad
representantes del alumnado participarán en dichas reuniones cuando sean requeridos para evaluar la marcha del
proyecto, resolver pequeños problemas, recoger sugerencias, etc.
6.2.2.- Comisión de Convivencia.
Es el órgano de representación de todos los implicados en el proyecto: Entidad promotora, equipo técnico y
alumnado/trabajador. En concreto, su composición sería la de un representante de la entidad que tenga funciones relativas
a formación y empleo, Director/a-Gestor/a, Coordinador/a de formación / tutora de acompañamiento, un representante del
resto del equipo técnico y el Delegado del alumnado-trabajador.
Es competencia de la Comisión de Convivencia:
Fomentar un buen ambiente de trabajo, resolviendo pequeños conflictos.
Vigilar el cumplimiento del Reglamento de régimen interno.
Proponer actividades complementarias.
Hacer cuantas sugerencias estime oportunas para la mejor consecución de los objetivos del programa.
La Comisión se reunirá con carácter ordinario, al menos, una vez al trimestre.
6.2.3.- Asamblea General del Alumnado.
Es el órgano propio de participación del alumnado en el funcionamiento del proyecto. A través de la Asamblea, los alumnos
eligen a sus delegados y subdelegado, que actúan como representantes del alumnado en la Comisión de Convivencia y en
las reuniones del Claustro de Profesores en las que sean requeridos.
El delegado/a de taller es elegido mediante votación por la totalidad del alumnado. Por mayoría del alumnado del taller o del
proyecto, en su caso, puede ser destituido de su cargo.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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