Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Guareña. Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo (Badajoz). (00365/2024)
Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno para el programa de formación en alternancia con el empleo de la Escuela Profesional Dual de Empleo "Valdetorres-Guareña 2023"
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Ayuntamiento de Guareña

Anuncio 365/2024

podrán ser superiores a 15 minutos en un mes, aunque se permita la entrada, supondrá una
falta leve.
c) El bajo rendimiento, comportamiento apático o desinterés en las actividades, así como
interrupciones que entorpezcan el desarrollo de clases teóricas y prácticas, tanto formativas
como de trabajo efectivo en el proyecto.
d) El descuido de instalaciones, herramientas, maquinaria, equipos, útiles de trabajo y material
formativo del centro, así como su utilización sin permiso previo.
e) No usar y/o descuidar el vestuario laboral y material personal del que disponen para el
desarrollo de su trabajo.
f) Abandonar el puesto de trabajo (aulas y taller) momentáneamente durante la jornada sin el
permiso correspondiente.
g) El abandono del centro sin una causa justificada.
h) No mantener las condiciones higiénicas personales y de salubridad del centro de trabajo.
i) Fumar en los sitios no permitidos y fuera de los permisos establecidos.
j) Introducir en el centro (instalaciones, aulas, taller o entornos de trabajo, etc.) personas ajenas
al proyecto.
k) La no presentación en el tiempo oportuno (dos días hábiles) de los justificantes, salvo que se
pruebe la imposibilidad de hacerlo.
l) Usar el teléfono móvil en horario formativo y/o durante la jornada laboral.
m) No comunicar la falta de asistencia al trabajo en la primera hora de 8:00 a 9:00 a. m. de la
jornada laboral.
2. Faltas graves:
a) La acumulación de tres faltas leves.
b) Atacar a la integridad física o moral de los alumnos o personal del proyecto y de la entidad,
mantener conductas antisociales o violentas dentro y fuera del centro, dentro del programa
formativo.
c) La falta de obediencia debida al equipo técnico del programa, personal de la entidad
promotora o del Ayuntamiento y de otros servicios externos relacionados con el proyecto.
d) El incumplimiento o el abandono de normas y medidas de seguridad e higiene en el trabajo.
e) La posesión o consumo de alcohol o drogas durante la jornada laboral y/o tener claros
síntomas de estar bajo los efectos del alcohol o la droga.
f) Faltas de hurto, robo, tanto a los trabajadores como al programa de escuela profesional dual
de empleo. En este sentido se ponderará y valorará la gravedad del hecho por el equipo
formativo del programa, así como a cualquier persona dentro o fuera del centro en cualquier
actividad desarrollada por el programa.
g) Acciones no controladas por el personal responsable que entre en peligro manifiesto para
uno mismo y/o para el resto de integrantes del proyecto.
h) Incumplir, de forma repetida, cualquier tarea (teoría o práctica) derivada del plan de
formación o realizar de forma irresponsable las tareas que se derivan del mismo, no alcanzado
el rendimiento que estimen oportuno los miembros del equipo técnico correspondiente.
i) La simulación de enfermedad o accidente.
j) Reincidir en comportamientos apáticos o faltas de interés.

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