Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Orellana la Vieja. (00384/2024)
Aprobación del Reglamento de la mesa de negociación colectiva del Ayuntamiento de Orellana la Vieja
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Ayuntamiento de Orellana la Vieja

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Orellana la Vieja
Orellana la Vieja (Badajoz)
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Aprobación del Reglamento de la mesa de negociación colectiva del Ayuntamiento de Orellana la Vieja

Don Pablo Fernández González, Secretario-Interventor del Ayuntamiento de Orellana la Vieja (Badajoz).
CERTIFICA:
Que el Pleno del Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 29 de enero de 2024, entre otros, adoptó
el siguiente acuerdo que se transcribe a tenor literal:
"Visto que con fecha 25 de octubre de 2023 se aprobó el Reglamento de funcionamiento de la mesa general
de negociación conjunta del personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de Orellana la Vieja (Badajoz), el
Pleno adoptó por unanimidad el siguiente acuerdo:
Primero. Aprobar el Reglamento de funcionamiento de la mesa general de negociación
conjunta del personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de Orellana la Vieja (Badajoz).
Segundo. Ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia para general conocimiento
y entrada en vigor.
REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DE LA MESA GENERAL DE NEGOCIACIÓN CONJUNTA DEL PERSONAL
FUNCIONARIO Y LABORAL DEL AYUNTAMIENTO DE ORELLANA LA VIEJA (BADAJOZ).
INDICE
PREÁMBULO
Capítulo I. Objeto y ámbito.
Artículo 1. Objeto.
Artículo 2. Definición y ámbito.
Capítulo II. Organización.
Artículo 3. Representatividad y composición de la mesa.
Artículo 4. Materias objeto de negociación.
Capítulo III. Normas generales de funcionamiento.
Artículo 5. Reuniones y convocatorias.
Artículo 6. Orden del día.
Artículo 7. Actas.
Artículo 8. Pactos y acuerdos.
Capítulo IV. Modificación del Reglamento.
Artículo 9. Modificación del Reglamento.
Artículo 10. Vigencia del Reglamento.
PREAMBULO
El derecho a la negociación colectiva viene reconocido en el artículo 37.1 de la Constitución Española, según el
cual la ley garantizará el derecho a la negociación colectiva laboral entre los representantes de los/as
trabajadores/as y empresarios/as, así como la fuerza vinculante de los convenios.
La negociación, dentro de su ámbito respectivo y en relación con las competencias del Ayuntamiento de
Orellana la Vieja, se efectuará por ambas partes bajo lo establecido en el capítulo IV, Título III del Texto
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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