Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Oliva de la Frontera. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (00363/2024)
Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno de la Escuela Profesional Dual "COCIVOZ"
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Ayuntamiento de Oliva de la Frontera

Anuncio 363/2024

• Por falta grave:
◦ Comunicación de la falta cometida al responsable del Ayuntamiento, que hará constar dicha
falta en el expediente disciplinario y
◦ Suspensión de empleo y sueldo de 1 a 5 días.
• Por falta muy grave:
◦ Comunicación al SEXPE.
◦ Suspensión de empleo y sueldo de 5 a 30 días, y
◦ Propuesta de expulsión definitiva del puesto de trabajo.
Se producirá la suspensión automática del contrato cuando se produzca una agresión física, hasta la
resolución del expediente disciplinario.
Los días de expulsión serán decididos por el Ayuntamiento y el equipo técnico, no dando lugar a percibir la
remuneración correspondiente.
Nota: Prescripción de las faltas. Las faltas leves prescribirán a los tres meses, las graves a los cuatro meses y
las muy graves a los seis meses, a partir de la fecha en que la entidad promotora tenga conocimiento de las
mismas.
Competencia en sanciones:
Para la imposición de sanciones por faltas leves no será preceptiva la instrucción de expediente sancionador,
y será impuesta por cualquier miembro del Equipo del proyecto.
Para la imposición de sanciones por faltas graves y muy graves, la instrucción del expediente sancionador
será iniciada por la dirección del proyecto e impuesta por el representante legal de la entidad promotora.
Nota: Todo desperfecto causado al programa de E.P.D. COCIVOZ cuyos responsables sean los alumnos o
equipo técnico, deberá ser pagado obligatoriamente y nunca detrayéndose de sus retribuciones. Si la
responsabilidad del daño fuera de todos los miembros del proyecto, será respuesta de igual forma.
Nota: Las sanciones que impliquen descuentos de la remuneración serán comunicados a entidad promotora y
aplicados en las correspondientes nóminas.»
El presente Reglamento ha sido consensuado por los participantes del proyecto E.P.D. COCIVOZ, así como por la entidad
promotora.
Este Reglamento de régimen interno entrará en vigor al día siguiente de la aprobación en pleno por el Ayuntamiento de
Oliva de la Frontera como entidad promotora del proyecto para su publicación en BOP.
En Oliva de la Frontera, a fecha de la firma digital.- El Alcalde-Presidente, Juan Antonio García Torres.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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