Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Lobón. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (00345/2024)
Aprobación definitiva de la Ordenanza reguladora de la tasa por la prestación del servicio público de la residencia de mayores y centro de día del Ayuntamiento de Lobón
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Ayuntamiento de Lobón

Anuncio 345/2024

Los usuarios deberán comunicar a la dirección del centro cualquier variación que se produzca en los ingresos de la unidad
familiar.
Artículo 8.- Pago por vía de apremio:
Las deudas por la tasa regulada en la presente Ordenanza podrán exigirse por el procedimiento administrativo de apremio,
según establece el artículo 47 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre.
Artículo 9.- Condiciones de pago:
Las condiciones de pago y las normas mínimas de régimen interior de la residencia de mayores y centro de día donde se
prestarán los servicios objeto de esta Ordenanza, se harán constar a cada beneficiario en un contrato en el que figure el
importe de la tasa y la fecha de comienzo de la prestación del servicio en el centro.
Artículo 10.- Aprobación y vigencia:
La presente Ordenanza entrará en vigor el día siguiente de la publicación íntegra de la misma en el Boletín Oficial de la
Provincia.
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ANEXO I
TASA POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE LA RESIDENCIA DE MAYORES Y CENTRO DE DÍA EN LOBÓN

TARIFAS PARA EL CENTRO DE DÍA:
Para usuarios autónomos:

- Ingresos de la unidad familiar menores de 400,00 euros/mes: 125,73 euros/mensuales.
- Ingresos de la unidad familiar entre 401,00 a 600,00 euros/mes: 157,15 euros/mensuales.
- Ingresos de la unidad familiar entre 601,00 a 800,00 euros/mes: 188,61 euros/mensuales.
- Ingresos unidad familiar más de 800,00 euros/mes: 235,08 euros/mensuales.

Para usuarios dependientes:
Usuarios declarados "dependientes" y que su plaza esté subvencionada por la Junta de Extremadura (plazas
conveniadas):
- Ingresos totales inferiores o iguales al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) de referencia:
15% de la pensión.
- Ingresos totales superiores al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) de referencia: 25% de la
pensión.
- Precio dependiente máximo (nunca puede superar el límite establecido por la Junta de
Extremadura): 201,23 €/mes.

Servicio de transporte (para autónomos y plazas de dependientes conveniadas):
Usuarios que deseen el servicio de transporte:
- Dentro de la localidad de la Lobón: 61,92 euros/mensuales.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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