Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalvillar de Pela. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (00326/2024)
Convocatoria del proceso selectivo para la provisión interina del puesto de Secretaría, clase segunda, del Ayuntamiento de Navalvillar de Pela
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Ayuntamiento de Navalvillar de Pela

Anuncio 326/2024

3.6. La abstención y recusación de los miembros del Tribunal será de conformidad con los artículos 23 y 24 de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, notificándolo a la autoridad
convocante.
3.7. El Tribunal quedará facultado para resolver las dudas que puedan presentarse y adoptar resoluciones,
criterios o medidas necesarias para el buen orden del concurso-oposición, en aquellos aspectos no previstos
en estas bases.
4.- Solicitudes.
4.1. Las instancias solicitando tomar parte de este proceso selectivo, en la que los aspirantes manifestarán
que reúnen todas las condiciones exigidas en la base segunda, se dirigirán al Sr. Alcalde y se presentarán en el
Registro General del Ayuntamiento de Navalvillar de Pela, o por cualquiera de las formas previstas en el
artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
4.2. El plazo de presentación de solicitudes será de diez (10) días hábiles, contados desde el siguiente al de la
publicación de las presentes bases en el Boletín Oficial de la Provincia.
4.3. Los aspirantes deberán realizar el pago de la tasa por derechos de examen de conformidad con lo
dispuesto en la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por derechos de examen del Ayuntamiento de
Navalvillar de Pela, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz número 183 (anuncio 4251/2021),
de 24 de septiembre de 2021.
4.4. Las instancias deberán ir acompañadas de la siguiente documentación:
a) Copia auténtica del DNI.
b) Copia auténtica de la titulación exigida.
c) Copias auténticas de la documentación acreditativa de los méritos alegados por los
aspirantes.
d) Documentación acreditativa del pago de la tasa por derechos de examen.
4.5. Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, se procederá a la aprobación de la lista provisional
de admitidos y excluidos, que se someterá a información pública, junto con la composición del Tribunal de
selección, mediante la publicación del correspondiente anuncio en la sede electrónica y tablón de anuncios
del Ayuntamiento, otorgándose un plazo para reclamaciones de cinco (5) días hábiles.
4.6. Una vez transcurrido el plazo de reclamaciones, se procederá a la aprobación definitiva de la lista de
aspirantes y del tribunal de selección, que se publicará asimismo en la sede electrónica y tablón de anuncios,
con indicación del lugar y hora de celebración de las pruebas, debiendo transcurrir al menos cuarenta y ocho
horas entre dicha publicación y la celebración de las mismas.
5.- Procedimiento selectivo.
El procedimiento de selección de los aspirantes, concurso-oposición, constará de las siguientes fases:
5.1. Fase de oposición.
5.1.1. Consistirá en la celebración de una prueba práctica, que versará sobre el temario que figura en el anexo
I de la presente convocatoria.
5.1.2. El ejercicio es obligatorio y eliminatorio, resultando eliminados los aspirantes que no alcancen en el
ejercicio la puntuación mínima que se establece en el apartado 5.1.3.
En las pruebas deberá garantizarse, siempre que sea posible, el anonimato de los aspirantes.
Los aspirantes serán convocados para la realización de la prueba selectiva en llamamiento único, siendo
excluidos del proceso selectivo quienes no comparezcan.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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