Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Garlitos. (00291/2024)
Aprobación definitiva de la Ordenanza reguladora de las ayudas para el fomento de la natalidad en el Ayuntamiento de Garlitos
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Ayuntamiento de Garlitos

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Garlitos
Garlitos (Badajoz)
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Aprobación definitiva de la Ordenanza reguladora de las ayudas para el fomento de la natalidad en el Ayuntamiento de
Garlitos

APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA ORDENANZA REGULADORA DE LAS AYUDAS PARA EL FOMENTO DE NATALIDAD EN EL
AYUNTAMIENTO DE GARLITOS
El Pleno del Ayuntamiento de Garlitos, en sesión extraordinaria, celebrada el día 22 de noviembre de 2023, adoptó entre
otros, el siguiente acuerdo: "Aprobación inicial Ordenanza reguladora de las ayudas para el fomento de natalidad en el
Ayuntamiento de Garlitos."
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a
definitivo el acuerdo plenario inicial aprobatorio de la Ordenanza municipal reguladora de la Ordenanza reguladora de las
ayudas para el fomento de natalidad en el Ayuntamiento de Garlitos, cuyo texto íntegro se hace público, para su general
conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las
Bases de Régimen Local, y 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real
Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
ORDENANZA REGULADORA DE LAS AYUDAS PARA EL FOMENTO DE NATALIDAD EN EL AYUNTAMIENTO DE GARLITOS
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El Ayuntamiento de Garlitos, con la finalidad de conciliar la vida familiar y laboral, así como incentivar la natalidad en la
población, en aras de evitar el envejecimiento y siendo conscientes de que el nacimiento de un hijo/a conlleva unos gastos
iniciales a los que las familias tienen que hacer frente, con la aplicación de la presente Ordenanza se quiere ayudar a las
familias que tengan un hijo/a, por nacimiento, mediante la puesta en marcha de este programa de ayuda.
Artículo 1. Objeto y fundamento jurídico.
El objeto de la presente Ordenanza es regular las condiciones y régimen jurídico para la concesión de ayudas para el
fomento de la natalidad en el Ayuntamiento de Garlitos.
Para ello en la presente Ordenanza se establecen los requisitos para optar a una ayuda económica para adquirir productos
específicos para el bebé.
Esta Ordenanza tiene su fundamento legal en los artículos 2 y 25.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen
Local.
Artículo 2. Beneficiarios.
Podrán beneficiarse de las ayudas reguladas en la presente Ordenanza los progenitores, ya sean casados, parejas de hecho
o familias monoparentales que cumplan los requisitos establecidos en la presente Ordenanza.
El reconocimiento de cada ayuda se realizará a favor de ambos progenitores conjuntamente o progenitor monoparental en
su caso.
En los supuestos de nulidad, separación o divorcio de los progenitores, el beneficiario/s será aquel a quien se otorgue la
custodia del hijo por el que se concede la ayuda, así como también en el caso de custodia compartida, de acuerdo con lo
dispuesto en el convenio regulador o en la sentencia judicial correspondiente.
No podrán ser beneficiarios los progenitores privados total o parcialmente de la patria potestad de los hijos por cuyo
nacimiento se otorgará la ayuda en caso de que la tutela haya sido asumida o concedida a una institución pública.
Artículo 3. Nacimiento.
Dará lugar al reconocimiento de la ayuda cada nacimiento que se formalice por los beneficiarios señalados en el artículo
anterior.
También tendrán derecho a solicitarla, incluso con carácter retroactivo, todos los progenitores de niños/as nacidos desde el
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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