Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Badajoz. Área de Presidencia y Relaciones Institucionales. Secretaría General (Badajoz). (00232/2024)
Decreto de modificación de bases de la convocatoria para la provisión, como personal funcionario de carrera, mediante concurso-oposición por promoción de interna, de tres plazas de Oficial de la Policía Local del Ayuntamiento de Badajoz
17 páginas totales
Página
Ayuntamiento de Badajoz

Anuncio 232/2024

Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los interesados recurso de
reposición en el plazo de un mes ante la Alcaldía, previo al contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el
Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Badajoz, a partir del día siguiente al de publicación de su anuncio en Boletín
Oficial de la Provincia (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
Décimo cuarta.- Publicación.
De conformidad con lo establecido en el artículo 49 del Decreto 218/2009, de 9 de octubre, por el que se aprueban las
normas-marco de los Policías Locales de Extremadura, las presentes bases, que regirán el proceso selectivo, se publicarán
íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia, y el anuncio de la convocatoria en el Diario Oficial de la Comunidad
Autónoma de Extremadura y en el Boletín Oficial del Estado.
Décimo quinta.- Base final.
Las presentes bases están a disposición de los interesados en el Servicio de Recursos Humanos del Excmo. Ayuntamiento
para su consulta y en la página web del mismo: www.aytobadajoz.es.
En Badajoz, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Ignacio Gragera Barrera.
______________
ANEXO I: PRUEBAS FÍSICAS
1.ª PRUEBA: Potencia de tren superior (lanzamiento de balón medicinal de 3 kg):
◦ Descripción.
Se realizará en campo de deporte o en cualquier otro lugar que permita la medida exacta de la caída del balón. Se marcará
una línea en el suelo, que será paralela a la zona de lanzamiento. La persona aspirante se colocará frente a ésta sin pisarla,
con los pies separados, paralelos entre sí y a la misma altura.
El balón se sostendrá con ambas manos, por encima y detrás de la cabeza, y se lanzará desde esta posición para que caiga
dentro del sector de lanzamiento previsto.
No se levantarán los pies del suelo y no se tocará con ninguna parte del cuerpo el suelo por delante de la línea de
lanzamiento.
Constituirán lanzamientos nulos, cuando la persona aspirante:
a) Pise la línea.
b) No tenga las puntas de los pies a la misma distancia de la línea de lanzamiento.
c) Sobrepase la línea o caiga en ella una vez ejecutado el lanzamiento con cualquier parte del cuerpo.
d) Haga el lanzamiento saltando, despegando totalmente cualquiera de los dos pies, o arrastrando cualquiera
de los mismos hacia atrás.
Se permitirán dos intentos para alcanzar la marca y no podrán hacer uso de zapatillas de clavos.
◦ Puntuación.
La puntuación de cada aspirante en esta prueba será la correspondiente conforme a las distancias señaladas en la siguiente
tabla:
HOMBRES

18-30

31-40

41-50

51 en adelante

1 puntos

4,46

5,16

4,26

4,96

4,06

4,76

3,86

4,56

2 puntos

5,17

5,87

4,97

5,67

4,77

5,47

4,57

5,27

3 puntos

5,88

6,58

5,68

6,38

5,48

6,18

5,28

5,98

4 puntos

6,59

7,29

6,39

7,09

6,19

6,89

5,99

6,69

5 puntos

7,30

8,00

7,10

7,80

6,90

7,60

6,70

7,40

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 11 de 17