Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad de Municipios Tierra de Barros-Río Matachel (Villafranca de los Barros). Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (00185/2024)
Reglamento de régimen interno de la escuela profesional dual de empleo "El Cañito"
17 páginas totales
Página
Mancomunidad de Municipios Tierra de Barros-Río Matachel

Anuncio 185/2024

La baja definitiva o exclusión del alumnado/a-trabajador/a, propuesta por la Dirección del proyecto escuela profesional dual
"El Cañito", requerirá la tramitación de un expediente disciplinario y será impuesta por el representante legal o persona en
quien delegue y paralelamente requerirá la tramitación establecida en la normativa concordante del programa de escuelas
profesionales duales para el empleo.
Artículo 15.- Régimen jurídico, jurisdicción competente, entrada en vigor, vigencia y modificación.
a) Régimen jurídico: En lo no establecido en el presente Reglamento interno, se estará a lo dispuesto en la legislación laboral,
convenio colectivo de la entidad, normativa de la Dirección General de Formación para el Empleo, y demás aplicable.
b) Jurisdicción competente: La jurisdicción social, es la competente para conocer acerca de las cuestiones que conciernen a
las relaciones laborales que se puedan suscitar entre la entidad promotora y los alumnos/trabajadores, así como entre esta
y los integrantes del equipo formativo.
c) Entrada en vigor: El presente Reglamento, entrará en vigor una vez ratificado por las partes integrantes del proyecto
(entidad promotora, equipo técnico y representantes de los alumnos/as trabajadores/as) y con carácter retroactivo.
d) Vigencia: Se mantendrá vigente hasta la finalización del programa formativo y periodo de prácticas y trabajos en obra real,
que suman la duración total del programa, todo ello sin perjuicio de las disposiciones legales aplicables.
e) Modificación/reforma: La entidad promotora a iniciativa propia o a requerimiento de la dirección del programa, podrá
acordar las modificaciones que se estimen convenientes al presente Reglamento interno, con sujeción a los trámites
establecidos para su aprobación, y observancia de las disposiciones legales vigentes. Quedan exceptuadas las
modificaciones que se consideran impuestas y directamente aplicables por reformas que se produzca durante su vigencia
en la normativa que regula la materia.»
Lo que se publica para general conocimiento.
En Villafranca de los Barros, a fecha de la firma digital.- La Presidenta, Adela Trabado Pachón.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 16 de 17