Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Salvatierra de los Barros. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (00190/2024)
Bases para la contratación laboral temporal de una plaza de Profesor/a de Música
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Ayuntamiento de Salvatierra de los Barros

Anuncio 190/2024

documentos puedan servir para acreditar los méritos a valorar en la fase de concurso.
- Certificado negativo de delitos sexuales.
Finalizado el plazo de presentación de instancias, el Sr. Alcalde-Presidente dictará resolución aprobatoria de la lista
provisional de las personas admitidas y excluidas. Dicha resolución se publicará en el tablón de anuncios físico y electrónico
del Ayuntamiento, junto con la relación de los/las aspirantes excluidos/as y causas que han motivado la exclusión,
disponiendo de dos días hábiles para subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión o su omisión.
Transcurrido el plazo de reclamaciones se publicará en el tablón de edictos del Ayuntamiento y de la sede electrónica,
resolución elevando a definitiva la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos.
Contra estas resoluciones podrá interponerse recurso contencioso-administrativo conforme a la Ley reguladora de dicha
jurisdicción, sin perjuicio de la interposición previa y potestativa de recurso de reposición.
En la resolución aprobatoria de las listas definitivas se determinará la composición del Tribunal de Selección, así como fecha,
hora y lugar de celebración de la fase de oposición.
9. Tribunal de selección.
Estará constituido por los siguientes miembros:
Presidente: Un funcionario o laboral fijo de la Excma. Diputación de Badajoz.
Vocales: Tres funcionarios o laboral fijo de la Excma. Diputación de Badajoz.
Secretario: Un funcionario del Excmo. Ayuntamiento de Salvatierra de los Barros.
Los/las miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir en el proceso cuando en ellos se den cualquiera de las
circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Asimismo, las personas interesadas podrán promover recusación en los casos previstos en el artículo 24 del mismo texto
legal.
El Tribunal resolverá por mayoría de votos de sus miembros presentes todas las dudas y propuestas que surjan para la
aplicación de las normas contenidas en estas bases y estará facultado para resolver cuestiones que pudieran suscitarse
durante la relación de las pruebas, así como para adoptar las medidas necesarias que garanticen el debido orden en las
mismas en todo lo no previsto en las presentes bases.
10. Procedimiento de selección.
A) Fase de Concurso:
La fase de concurso, que tendrá la puntuación máxima de 5 puntos, consistirá en el examen y valoración por el Tribunal de
Selección de los méritos presentados y debidamente justificados a la fecha de finalización de presentación de solicitudes, y
los calificará con arreglo al siguiente baremo:

Puntos Puntuación
máxima
1. Experiencia docente: (*)
1.1 Por cada mes completo de experiencia
docente (Profesor de Música) impartido en las
administraciones públicas.
1.2.Por cada mes completo de experiencia
docente (Profesor de Música) no impartido en las
administraciones públicas

0,10

0,50
0,50

Documentos justificativos
Contrato de trabajo y/o certificado de
la administración
Contrato de trabajo y/o certificado
expedido por el centro/academia, ...

0,025

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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