Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendralejo. (00072/2024)
Reglamento de organización y funcionamiento de la Escuela Profesional Dual de Empleo "Cordalitas" del Ayuntamiento de Almendralejo
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Ayuntamiento de Almendralejo

Anuncio 72/2024

- Elaborar y redactar propuestas para el equipo por iniciativa propia o a petición de sus compañeros y
compañeras.
- Comunicar a la dirección y/o a los miembros del equipo docente de los posibles problemas que se generen
en el taller.
IV. CONDICIONES LABORALES
Las condiciones laborales del personal de la Escuela Profesional Dual "Cordialitas", por ser personal contratado por el
Ayuntamiento de Almendralejo, serán las aprobadas en el acuerdo regulador de las condiciones de trabajo de los
empleados públicos del Ayuntamiento de Almendralejo, publicado en el DOE de 17 de septiembre de 2018. En lo no
establecido en este acuerdo se estará a lo dispuesto en normativa superior que lo regule.
No obstante, y sin perjuicio de lo dictado en dicho acuerdo, por la consideración de proyecto de formación para el empleo, y
las particularidades que ello conlleva, se establecen las siguientes especificaciones.
15.- Horarios: El horario oficial de la Escuela Profesional Dual "Cordialitas" de Almendralejo será de 7:45 horas a las 15:15
horas de lunes a viernes.
Se considerará jornada laboral tanto las horas dedicadas a la formación teórico-práctica, como las dedicadas a trabajos
reales.
Los horarios y jornadas laborales de cada uno de los miembros de la Escuela Profesional Dual "Cordialitas" son los que se
reflejan en cada uno de sus contratos laborales.
Durante la jornada laboral no estará permitido la realización de tareas ajenas a la Escuela Profesional Dual, así como el
abandono de los puestos de trabajo. Cualquier excepción a esa norma será fijada una vez exista acuerdo entre el
Ayuntamiento de Almendralejo y la dirección del centro.
A la hora que mejor se adapte a las necesidades y eficacia de la Escuela Profesional Dual "Cordialitas" se establecerá un
descanso de treinta minutos, pasados los cuales todo el personal se incorporará a las tareas que los monitores les indiquen.
16.- Condiciones Económicas: Los salarios se fijarán en base a la Orden de 26 de noviembre de 2020, en base a la
subvención concedida mediante resolución de concesión.
17.- Vacaciones anuales y festivos: Se establece un período de vacaciones ordinario de 22 días hábiles o los que
proporcionalmente corresponda al tiempo de contratación, cuyo disfrute será obligatorio y, en ningún caso, sustituible por
una compensación económica.
El período de disfrute de dichas vacaciones anuales será en grupo, por la totalidad del equipo directivo-docente, personal de
apoyo y del alumnado-trabajador, dentro de las fechas que de común acuerdo se establezcan y podrán dividirse libremente
a lo largo del año, atendiendo siempre a las necesidades del proyecto. Dichos periodos se determinarán por el equipo
docente y alumnado, debiendo ser autorizados por el Excmo. Ayuntamiento de Almendralejo.
Las vacaciones se disfrutarán teniendo en cuenta las exigencias del servicio y preferentemente coincidiendo con aquellas
fechas de mayor significación festiva o de frecuente descanso.
Se considerarán días festivos los que como tales aparezcan en el Calendario Laboral Oficial de Fiestas del Ayuntamiento de
Almendralejo para los años 2023 y 2024.
18.- Cualquier inasistencia al puesto de trabajo deberá ser comunicada con una antelación de al menos 5 días a la dirección
del centro, solicitando el día y argumentando el motivo de la ausencia, salvo razones de urgencia, justificándose en cualquier
caso lo antes posible y debiendo comunicar dicha ausencia al director de la Escuela Profesional Dual en horario de 8:00 a
10:00h.
19.- Calendario y permisos retribuidos.
Los permisos retribuidos serán los que se establecen en el Acuerdo Regulador de las Condiciones de Trabajo de los
Empleados Públicos del Ayuntamiento de Almendralejo, siempre teniendo en cuenta que estos permisos retribuidos
deberán ser siempre debidamente justificados.
Asimismo, cuando se habla de cónyuge debe entenderse referido a toda pareja estable o, de hecho, siendo obligatorio
justificar documentalmente la convivencia mediante el correspondiente certificado que la acredite.
El calendario laboral y los días de asuntos propios serán los establecidos para el personal del Ayuntamiento de
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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