Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Arroyo de San Serván. (07165/2024)
Pliego de condiciones que rige el procedimiento de subasta de parcelas municipales en Arroyo de San Serván
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Ayuntamiento de Arroyo de San Serván

Anuncio 7165/2023

— Don Carlos Benítez Collado, Vocal.
— Doña Inmaculada Cangas Iglesias, Vocal.
— Doña Juana Moreno Rubiales, que actuará como titular de la Secretaria de la Mesa.
Cláusula décima. Apertura de ofertas.
Constituida la mesa de valoración, esta examinará la documentación recogida, no admitiendo a la subasta a los licitadores
que no hayan presentado la documentación requerida.
A continuación, terminada la fase de certificación de documentos, en el lugar y hora señalados en el anuncio y en acto
público, se procederá a la lectura de la lista de licitadores admitidos y se realizará la apertura de los sobres que contengan
las proposiciones económicas, a la vista de lo cual la mesa declarará mejor rematante al licitador que haya formulado la
postura más elevada.
Si existiera un empate entre las mejores ofertas, se decidirá en favor del ofertante que pudiese acreditar haber estado en
posesión de la finca o parcela en cuestión (mediante arrendamiento, ocupación…. etc., acreditable).
Si ninguno de los ofertantes pudiese cumplir con este extremo, se dirimirá en favor de aquel que una vez requeridos, en un
plazo máximo de 2 días hábiles, presente una oferta superior entre los interesados empatados.
Del resultado de la subasta celebrada se levantará acta, que será firmada por el mejor postor, si estuviera presente, sin que
la propuesta de adjudicación vincule al órgano competente ni genere derecho alguno para el mejor postor.
Cláusula undécima. Requerimiento de documentación.
El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la mejor oferta para que, dentro del plazo de 3 días
hábiles a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación
acreditativa del cumplimiento de los requisitos previos exigidos por el pliego de condiciones.
Cláusula decimosegunda. Adjudicación del contrato.
Recibida la documentación solicitada, el órgano de contratación deberá adjudicar el contrato en el plazo máximo de 30 días
desde la recepción de la documentación.
En ningún caso podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de
acuerdo con los criterios que figuren en el pliego, salvo motivos de interés público debidamente justificados.
La resolución de adjudicación se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, en la sede electrónica del Ayuntamiento y se
notificará a los licitadores.
Si el adjudicatario provisional renunciase a la adquisición o no atendiese a las obligaciones que le corresponden, perderá el
depósito constituido en concepto de garantía, sin perjuicio de la indemnización por las eventuales pérdidas que se hubiesen
originado. En ambos supuestos, podrá procederse a la adjudicación al segundo mejor postor de la subasta.
Cláusula decimotercera. Formalización del contrato.
La formalización del contrato en documento administrativo se efectuará en el plazo máximo de 90 días hábiles a partir del
día en que se realice la notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos.
No obstante, a continuación, se iniciarán los trámites para su elevación a escritura pública en la notaría correspondiente,
siendo los gastos que se originen de cuenta del adquirente.
La elevación a escritura pública deberá efectuarse obligatoriamente en un plazo máximo de 6 meses desde su formalización.
Cláusula decimocuarta. Pago.
El licitador que resulte adjudicatario efectuará el pago del precio derivado de este contrato mediante ingreso en la tesorería
municipal en el plazo de 20 días hábiles a partir de la notificación y ello siempre con carácter previo a la formalización del
contrato.
En caso de no efectuarse el pago en la forma prevista en el apartado anterior el licitador decaerá en su derecho, con pérdida
del depósito previo.
Cláusula decimoquinta. Gastos exigibles al adjudicatario.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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