Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Talarrubias. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (00003/2024)
Aprobación del Plan de Medidas Antifraude
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Ayuntamiento de Talarrubias

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6.- Medidas de para la lucha contra el fraude.
El Ayuntamiento de Talarrubias, una vez realizada la auto evaluación del riesgo de fraude, articula una serie
de medidas y procedimientos estructurados en torno a los cuatro elementos clave del ciclo de lucha contra el
fraude: Prevención, detección, corrección y persecución.
6.1. Medidas de prevención.
6.1.1. Declaración política.
Se considera necesario manifestar y difundir al máximo la postura antifraude de la entidad,
para ello, el Ayuntamiento de Talarrubias suscribe una declaración institucional antifraude
basada los valores de integridad, objetividad, rendición de cuentas y honradez. El contenido de
la declaración institucional se incluye en el anexo III.
Esta declaración institucional se publicará en la página web del Ayuntamiento para su general
conocimiento.
6.1.2. Código de conducta.
El Ayuntamiento de Talarrubias suscribe un código de conducta y principios éticos que deberán
cumplir todos los empleados públicos. Este código establece el comportamiento esperado ante
posibles circunstancias que pudieran dar lugar a fraude y sus principios se basan en los
siguientes compromisos de conducta:
— Cumplimiento riguroso de la legislación aplicable.
— Uso adecuado de los recursos Públicos
— Integridad, profesionalidad y honradez en la gestión.
— Transparencia y buen uso de la información.
— Trato imparcial y no discriminatorio a beneficiarios.
— Salvaguarda de la reputación del Ayuntamiento en la gestión de Fondos.

El código de conducta de los empleados públicos se incluye en el anexo IV. Este código ético se publicará en la
página web del Ayuntamiento para su general conocimiento.
6.1.3. Declaración de ausencia de conflicto de intereses.
Se establece la obligación de cumplimentar una declaración de ausencia de conflicto de intereses (DACI) para
todos los intervinientes en los procedimientos de contratación y de concesión de subvenciones financiados
con cargo al MRR.
En caso de órganos colegiados, dicha declaración puede realizarse al inicio de la correspondiente reunión por
todos los intervinientes en la misma y reflejándose en el acta.
Igualmente, se establece la obligatoriedad de cumplimentación de la DACI como requisito a aportar por el/los
beneficiarios que, dentro de los requisitos de concesión de la ayuda, deban llevar a cabo actividades que
presenten un conflicto de intereses potencial.
Al cumplimentar la DACI se deberá observar la estricta aplicación del artículo 53 del Real Decreto Legislativo
5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público relativo a los principios éticos, el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, relativo a la abstención y la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia,
acceso a la información pública y buen gobierno
El modelo de DACI se incluye en el anexo II.
6.1.4.- Plan de formación para toda la organización.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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