Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Talarrubias. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (00003/2024)
Aprobación del Plan de Medidas Antifraude
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Ayuntamiento de Talarrubias

Anuncio 3/2024

vínculo identificable e individual con aspectos concretos de la conducta, el
comportamiento o las relaciones de la persona (o una repercusión en dichos
aspectos).
— Conflicto de intereses potencial: Surge cuando un empleado público o
beneficiario tiene intereses privados de tal naturaleza, que podrían ser
susceptibles de ocasionar un conflicto de intereses en el caso de que tuvieran
que asumir en un futuro determinadas responsabilidades oficiales.
— Conflicto de intereses real: Implica un conflicto entre el deber público y los
intereses privados de un empleado público o en el que el empleado público
tiene intereses personales que pueden influir de manera indebida en el
desempeño de sus deberes y responsabilidades oficiales. En el caso de un
beneficiario implicaría un conflicto entre las obligaciones contraídas al solicitar la
ayuda de los fondos y sus intereses privados que pueden influir de manera
indebida en el desempeño de las citadas obligaciones.

Posibles actores implicados en el conflicto de intereses:

— Los empleados públicos que realizan tareas de gestión, control y pago y otros
agentes en los que se han delegado alguna/s de esta/s función/es.
— Aquellos beneficiarios privados, socios, contratistas y subcontratistas, cuyas
actuaciones sean financiadas con fondos, que puedan actuar en favor de sus
propios intereses, pero en contra de los intereses financieros de la UE, en el
marco de un conflicto de intereses.

4.- Comité Antifraude.
4.1.- Composición:
Para asegurar una correcta aplicación de las medidas antifraude en este Ayuntamiento, se ha designado un
Comité antifraude, integrado por personal propio con especial capacitación perteneciente a los siguientes
servicios y/o dependencias municipales:

Nombre y apellidos

Cargo

Adscripción

Paula Moral Godoy

Presidenta

Secretaría Intervención

Antonio Godoy Gómez

Secretario

Tesorería municipal

María José Burgueño Moreno

Vocal

Administración General

Así mismo, y dado que en su condición de Secretario Interventor (funcionario con habilitación de carácter
nacional y órgano fiscalizador), don Francisco Jesús Rozano Alba queda limitada a una actuación de
asesoramiento del mismo, ya que se considera que ante el planteamiento acerca de la viabilidad de una
hipotética participación del titular de la Intervención en el comité antifraude, la interpretación más adecuada
de tal situación es considerar inadecuada la misma, puesto que no puede soslayarse que las funciones
legalmente atribuidas al puesto de trabajo de Intervención, y que son las que justifican la existencia del
mismo, son las que se concretan en el denominado «nivel 2» del régimen de control del PRTR contenido en el
apartado 4.6 del PRTR, siendo, por tanto, un nivel de control distinto al de aquél en el que se integra el comité
antifraude, por lo que actuará de asesor de dicho Comité.
La designación de estas personas se realizó mediante resolución de Alcaldía-Presidencia en fecha 18 de
diciembre de 2023.
4.2.- Funciones del Comité.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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