Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Puebla de Alcocer. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (07092/2023)
Aprobación inicial de la Ordenanza municipal reguladora del uso de instalaciones municipales: Convento y Nave del Silo
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Ayuntamiento de Puebla de Alcocer

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Puebla de Alcocer
Puebla de Alcocer (Badajoz)
Anuncio 7092/2023
Aprobación inicial de la Ordenanza municipal reguladora del uso de instalaciones municipales: Convento y Nave del Silo

APROBACIÓN INICIAL DE LA ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DEL USO DE INSTALACIONES MUNICIPALES:
CONVENTO Y NAVE DEL SILO
Aprobada inicialmente por el Pleno del Ayuntamiento en sesión ordinaria celebrada el día 12 de diciembre de 2023, la
Ordenanza municipal reguladora del uso de instalaciones municipales: Convento y Nave del silo, y en cumplimiento de lo
dispuesto en el artículo 17.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real
Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a
contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que los interesados
puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier persona interesada en las dependencias municipales para que se
formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.
Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento
http://puebladealcocer.sedelectronica.es
Puebla de Alcocer, a fecha de la firma digital.- El Alcalde-Presidente, Gonzalo Hernán Rayo.
______________
ORDENANZA REGULADORA DEL USO DE INSTALACIONES MUNICIPALES: CONVENTO Y NAVE DEL SILO
I. DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1.
La presente Ordenanza constituye la normativa específica municipal para regular la utilización privativa del Convento y la
nave del Silo por la ciudadanía y entidades públicas o privadas para la realización por éstas de toda clase de actos sociales o
comerciales, tales como comidas, cenas, exposiciones y congresos, grabaciones de todo tipo de carácter publicitario,
ceremonias, celebraciones, actos culturales y deportivos,etc. para las que el Ayuntamiento autorice su uso temporal,
conforme a la legislación vigente. A los efectos de lo regulado en esta Ordenanza se considera que las autorizaciones
permiten el uso común especial de los bienes de dominio público, según el Real Decreto 1372/1986, que aprueba el
Reglamento de Bienes de las Entidades Locales.
Artículo 2. Fundamento.
La presente Ordenanza se aprueba al amparo de lo dispuesto en los artículos 20 a 27 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de
5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Artículo 3. Objeto.
Es objeto de la presente Ordenanza la regulación del uso del Convento y la Nave del Silo, por tiempo determinado y precio
cierto.
Artículo 4. Canon a satisfacer por el arrendamiento y reglas de uso.
Los interesados que utilicen los bienes inmuebles patrimoniales del Ayuntamiento con ocasión de toda clase de actos
sociales o comerciales, tales como comidas, cenas, exposiciones y congresos, grabaciones de todo tipo de carácter
publicitario, ceremonias, celebraciones, actos culturales y deportivos,etc., están obligadasa satisfacer un canon y depositar
una fianza, así como a respetar una seriede reglas de uso.
- Convento: Canon de 200,00 € y fianza de 200,00 €.
- Nave del Silo: Canon de 100,00 € y fianza de 100,00 €.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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