Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Fuente de Cantos. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (07087/2023)
Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno de la Escuela Profesional Dual de Empleo RESBAR 23.24
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Ayuntamiento de Fuente de Cantos

Anuncio 7087/2023

asignados.
Control de asistencia diaria de los alumnos trabajadores.
Aplicación de la normativa en prevención de riesgos laborales.
Colaboración en la elaboración e implantación del plan de inserción laboral de los alumnos trabajadores y de
posibles proyectos emprendedores transformadores del entorno.
Colaborar en el desarrollo de acciones que promuevan la incorporación al mercado laboral del alumnado trabajador.
Colaborar en el desarrollo de un proyecto de aprendizaje-servicio (ApS): aprender haciendo un servicio a la
comunidad. En este proyecto, se trabajará la adquisición o mejora de las siguientes competencias: Autoconfianza,
comunicación, cumplimiento de tareas, gestión del tiempo, capacidad de relación, flexibilidad y tolerancia a la
frustración, análisis y resolución de problemas y fomento de la iniciativa y espíritu emprendedor.
Artículo 9.- Derechos.
- Dirigir e impartir las clases de acuerdo con su criterio, teniendo en cuenta las directrices del proyecto.
- Ser informado de cualquier problema o situación que le afecte a él o a sus clases.
- Reunirse en el centro para tratar temas de carácter profesional y laboral, siempre que no se perturbe el
desarrollo normal de las actividades.
- Formular cuantas reclamaciones estime oportunas.
- Formación para el puesto de trabajo.
Artículo 10.- Deberes.
- Asistir al centro y permanecer en él durante las horas asignadas en su horario. De sus ausencias darán parte
a la dirección del centro.
- Prestar un servicio docente y técnico de calidad.
- Respetar la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión de los alumnos y compañeros.
- Observar y respetar las medidas de seguridad e higiene que se adopten en el centro.
- Respetar y cumplir las normas internas del centro.
CAPÍTULO VI. DE LOS/AS ALUMNOS/AS TRABAJADORES/AS
Artículo 11.- Derechos
- Que se respete su dignidad personal
- Derecho a la igualdad de oportunidades, la no discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, capacidad
económica, nivel social, convicciones políticas, morales o religiosas, así como por deficiencias físicas, psíquicas
o sensoriales, o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
- Recibir una formación conforme a los objetivos del programa y a las necesidades y posibilidades personales
de cada alumno.
- Realizar cuantas actividades culturales complementarias ayuden a fomentar su formación integral.
- Utilizar las instalaciones, mobiliario y material del programa para los fines que le son propios.
- Disponer del vestuario y utensilios adecuado para el desempeño de sus tareas conforme a las normas de
seguridad e higiene en el trabajo.
- Elegir a sus delegados y representantes.
- Formular cuantas iniciativas, consultas, sugerencias y reclamaciones estimen oportunas, bien a título
personal o a través de su delegado.
- Los propios del Estatuto de los Trabajadores.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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