Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Economía, Hacienda, Compras y Patrimonio. Servicio de Planificación Presupuestaria y Control de Gasto (Badajoz). (07067/2023)
Aprobación definitiva del presupuesto general de la Diputación de Badajoz y su sector público provincial para el ejercicio 2024 y documentación anexa
184 páginas totales
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Área de Economía, Hacienda, Compras y Patrimonio
Anuncio 7067/2023
cuales los interesados podrán examinarlos y presentar reclamaciones ante el Pleno. El presupuesto se considerará
definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones; en caso contrario, el Pleno
dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas.
Base 4.ª. Estructura presupuestaria.
La estructura del presupuesto general se ajusta a la Orden EHA/3565/2008 de 3 de diciembre, modificada por Orden
HAP/419/2014, de 14 de marzo, así como a las resoluciones que se adopten por la entidad en materia de estructura
organizativa.
A. El presupuesto de gastos, se estructura por la conjunción de la clasificación orgánica, la clasificación por programas y la
clasificación económica, debiéndose adaptar ambas clasificaciones, en cuanto a sus códigos y descripciones, a las
clasificaciones obligatorias establecidas por la Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la estructura
de los presupuestos de las entidades locales.
La conjunción de las tres clasificaciones configuran las aplicaciones presupuestarias, siendo esta la unidad presupuestaria
sobre la que se realiza el registro contable, realizándose el control y fiscalización a nivel de bolsa de vinculación, de acuerdo
con lo dispuesto en la base 12.
Conforme a las clasificaciones del presupuesto de gastos y sus criterios de imputación presupuestaria se determinan las
siguientes peculiaridades:
1. Clasificación orgánica: Constará de tres dígitos, siendo los dos primeros identificativos del Área funcional y
Delegaciones, en que se configure la estructura organizativa, aprobada por Decreto de la Presidencia de
Diputación, y el desarrollo del tercer digito, se realizara, de acuerdo con los servicios y unidades
administrativas, que se integren en cada una de las Áreas, el cual será objeto de codificación, para cada
ejercicio presupuestario, en la instrucción de las normas de elaboración presupuestaria aprobadas por el
Presidente de la Diputación.
De acuerdo con el decreto de la Presidencia, publicado en el BOP número 125, de fecha 3 de julio de 2023, la
estructura orgánica, a nivel de los dos primeros dígitos, para el presupuesto de 2024, es la siguiente:
Código
Área
00
Órganos de Gobierno y Dirección
10
Área de Presidencia y Relaciones Institucionales
11
Delegación de Cultura, Deportes y Juventud
12
Área de Cooperación Municipal
13
Área de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio
14
Área de Recursos Humanos y Régimen Interior
15
Área de Transición Ecológica
16
Área de Tecnología y Digitalización
17
Área de Economía, Hacienda, Compras y Patrimonio
18
PROMEDIO
19
Delegación de Publicaciones, Imprenta y BOP
20
Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo
21
CPEI
22
Área de Políticas Sociales y Cooperación Internacional al Desarrollo
23
Área de Igualdad
27
Patronato Escuela de Tauromaquia
29
OAR
60
RESTAURA
Esta clasificación podrá ser objeto de modificación o de nuevas incorporaciones a lo largo del ejercicio,
mediante decreto de la Presidencia, sin que sea necesario la tramitación de expediente de modificación de las
bases de ejecución.
Como singularidades las siguientes:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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cuales los interesados podrán examinarlos y presentar reclamaciones ante el Pleno. El presupuesto se considerará
definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones; en caso contrario, el Pleno
dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas.
Base 4.ª. Estructura presupuestaria.
La estructura del presupuesto general se ajusta a la Orden EHA/3565/2008 de 3 de diciembre, modificada por Orden
HAP/419/2014, de 14 de marzo, así como a las resoluciones que se adopten por la entidad en materia de estructura
organizativa.
A. El presupuesto de gastos, se estructura por la conjunción de la clasificación orgánica, la clasificación por programas y la
clasificación económica, debiéndose adaptar ambas clasificaciones, en cuanto a sus códigos y descripciones, a las
clasificaciones obligatorias establecidas por la Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la estructura
de los presupuestos de las entidades locales.
La conjunción de las tres clasificaciones configuran las aplicaciones presupuestarias, siendo esta la unidad presupuestaria
sobre la que se realiza el registro contable, realizándose el control y fiscalización a nivel de bolsa de vinculación, de acuerdo
con lo dispuesto en la base 12.
Conforme a las clasificaciones del presupuesto de gastos y sus criterios de imputación presupuestaria se determinan las
siguientes peculiaridades:
1. Clasificación orgánica: Constará de tres dígitos, siendo los dos primeros identificativos del Área funcional y
Delegaciones, en que se configure la estructura organizativa, aprobada por Decreto de la Presidencia de
Diputación, y el desarrollo del tercer digito, se realizara, de acuerdo con los servicios y unidades
administrativas, que se integren en cada una de las Áreas, el cual será objeto de codificación, para cada
ejercicio presupuestario, en la instrucción de las normas de elaboración presupuestaria aprobadas por el
Presidente de la Diputación.
De acuerdo con el decreto de la Presidencia, publicado en el BOP número 125, de fecha 3 de julio de 2023, la
estructura orgánica, a nivel de los dos primeros dígitos, para el presupuesto de 2024, es la siguiente:
Código
Área
00
Órganos de Gobierno y Dirección
10
Área de Presidencia y Relaciones Institucionales
11
Delegación de Cultura, Deportes y Juventud
12
Área de Cooperación Municipal
13
Área de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio
14
Área de Recursos Humanos y Régimen Interior
15
Área de Transición Ecológica
16
Área de Tecnología y Digitalización
17
Área de Economía, Hacienda, Compras y Patrimonio
18
PROMEDIO
19
Delegación de Publicaciones, Imprenta y BOP
20
Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo
21
CPEI
22
Área de Políticas Sociales y Cooperación Internacional al Desarrollo
23
Área de Igualdad
27
Patronato Escuela de Tauromaquia
29
OAR
60
RESTAURA
Esta clasificación podrá ser objeto de modificación o de nuevas incorporaciones a lo largo del ejercicio,
mediante decreto de la Presidencia, sin que sea necesario la tramitación de expediente de modificación de las
bases de ejecución.
Como singularidades las siguientes:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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