Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad de Tentudía (Monesterio). Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (07112/2023)
Aprobación definitiva de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación del servicio de recogida selectiva de residuos sólidos urbanos de la Mancomunidad de Tentudía mediante el método puerta a puerta
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Mancomunidad de Tentudía

Anuncio 7112/2023

por generación.
El incentivo puede ser tanto para reducir los residuos como para participar en la recogida selectiva si se grava especialmente
la generación de fracción resto.
El modelo de pago por generación cuenta por una parte general o fija y otra variable, dependiente de la generación.
El periodo de facturación se establecerá de acuerdo con las regulaciones locales y será trimestral.
La tarifa por generación de residuos y otros aspectos relacionados con el modelo de pago por generación podrán ser objeto
de revisión y ajustes periódicos por parte de la autoridad fiscal local para responder a las necesidades y condiciones
cambiantes.
Este modelo de pago por generación se establece con el propósito de incentivar la responsabilidad en la generación de
residuos sólidos urbanos, promoviendo la separación y el reciclaje de materiales, y contribuyendo a la sostenibilidad
ambiental y la eficiencia en la gestión de residuos.
La aplicación del pago por generación y participación el sistema de recogida de residuos puerta a puerta en la
Mancomunidad de Tentudía estará basada en el propósito de incentivar la responsabilidad en la generación de residuos
sólidos y urbanos promoviendo la separación y el reciclaje de materiales, y contribuyendo a la sostenibilidad ambiental y la
eficiencia en la gestión de residuos.
En base al estudio de costes del servicio, el pago por generación y participación de cada grupo de clasificación quedará
establecido en los siguientes términos:
Viviendas:
Se cuentan 13 semanas por trimestre
- El cuadro representa el número de participaciones que pueden hacerse por cada fracción,
tanto en la puerta de la vivienda, como en el área de emergencia, la tasa total trimestral y su
calificación.
- El número máximo de participaciones viene determinado por la suma de las aportaciones
óptimas, más el número de veces que se puede ir al área de emergencia (6 veces).
- En el caso de viviendas con una generación extra a la considerada, es decir, hacer uso más de
las 6 veces establecidas como "máximas", se deberá abonar 1,00 € cada vez que se vaya al área
de emergencia para la fracción resto, y 0,15 € para la fracción cartón, una vez que se superen
esas 6 veces establecidas como "máxima".
- En cuanto a las demás fracciones, como son el envase y la orgánica, al sobrepasar el máximo
no habrá sanción, pero podría bloquearse el uso del área de emergencia caso que no haya una
participación regular para estas fracciones. Esta es una opción flexible, ya que, ante cualquier
situación especial, se podrá llamar a la Mancomunidad de Tentudía para habilitar esta opción
en caso de ser necesaria.
Teniendo en cuenta que la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía
circular impone a las entidades locales el deber de establecer, para el año 2025, una tasa específica,
diferenciada y no deficitaria que permita implantar sistemas de pago por generación y que reflejen el coste
real, directo o indirecto, de las operaciones de recogida, transporte y tratamiento de los residuos (artículo
11.3), se pasa a aplicar en cada grupo de clasificación, de la siguiente forma:
CUADRO TARIFARIO RESULTANTE DE APLICAR EL PAGO POR GENERACIÓN EN VIVIENDA

TASA TRIMESTRAL
Tasa fija

20,00 €

Tasa variable

7,00 €

* En el máximo de generación /participación

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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