Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villanueva del Fresno. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (07039/2023)
Reglamento de régimen interno para programas de formación en alternancia con el empleo: Escuelas Profesionales Duales "Atención Social Villanueva 1"
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Ayuntamiento de Villanueva del Fresno

Anuncio 7039/2023

3. El silencio en horas de clase, junto con la limpieza y la conservación de espacio y materiales son
inexcusables en un centro de enseñanza o de trabajo. Alumnos/as-trabajadores y equipo técnico velarán, por
el buen uso de aulas, instalaciones y material didáctico.
4. Está prohibido el uso del móvil durante la jornada de trabajo. Se permite mantenerlo encendido y en
silencio, si bien, solo se atenderán aquellas llamadas que por la urgencia del tema a tratar no pueda ser
atendida en otro momento.
5. En el tiempo de desayuno y en los momentos de intercambio de clase los alumnos/as, no permanecerán en
la entrada del centro.
6. Se considerarán faltas las cometidas dentro del centro formativo, en los entornos de trabajo o en cualquier
otra actividad organizada por el proyecto.
7. Queda prohibida la entrada al interior de las instalaciones del centro a toda persona ajena al proyecto. Si
algún familiar necesita localizar a algún alumno/a, bastará con preguntar a cualquier miembro del equipo
directivo-docente por la persona que busca y se le facilitará la comunicación.
8. De acuerdo con la Ley 42/2010, de 30 de diciembre, no se permitirá fumar en ninguna de las instalaciones
del centro.
Artículo 14.- Derechos de los integrantes del proyecto.
Son derechos de las personas integrantes del proyecto los que a continuación se relacionan:
a) Respeto a su intimidad y a la protección frente a ofensas verbales o físicas de naturaleza sexual.
b) Respeto a su conciencia cívica y moral.
c) Respeto a su dignidad personal.
d) Recibir una educación integral y una formación profesional que le capacite en el conocimiento de un oficio
para su futura inserción laboral, conforme a los objetivos del proyecto y a las necesidades y posibilidad
personal de cada uno.
e) Utilizar con la debida corrección las instalaciones, mobiliario y material del proyecto.
f) Disponer de los utensilios adecuados para el desempeño de sus tareas, conforme a las normas de
seguridad y salud laboral en el trabajo.
g) A su integridad física y a una adecuada puesta en práctica de las normas de seguridad higiene en el trabajo.
h) Realizar actividades culturales diversas que contribuyan a su formación integral.
i) A ser asesorados en la adquisición de técnicas de autoempleo y fórmulas para su inserción laboral.
j) A participar en la organización del proyecto a través de la formulación de sugerencias y opiniones, bien de
forma individual o colectiva.
k) A no ser discriminados por razón de sexo, estado civil, raza, edad, condición social, ideas religiosas o
políticas, disminución física, según lo establecido en la Ley.
l) A la percepción de la remuneración legalmente establecida.
m) A cuantos otros se deriven específicamente del contrato de trabajo y demás disposiciones concordantes.
Artículo 15.- Deberes de los integrantes del proyecto.
Son deberes de las personas integrantes del proyecto los que a continuación se relacionan:
a. Respetar la dignidad de cuantas personas forman parte del proyecto, así como mantener una actitud cívica
en su comportamiento personal.
b. Cumplir las obligaciones establecidas para su trabajo en el proyecto, de conformidad con las reglas de
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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