Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Higuera de Llerena. Área de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio (Badajoz). (06926/2023)
Aprobación definitiva del Reglamento sobre el uso y abastecimiento del agua
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Ayuntamiento de Higuera de Llerena

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DISPOSICIONES FINALES
Primera.- El presente Reglamento, una vez aprobado, empezará a regir en sus propios términos, con carácter indefinido
mientras no se promueva lo contrario, desde la fecha en que se publique en el Boletín Oficial de la Provincia.
Segunda.- En lo no previsto se aplicarán los preceptos de la Ley de Régimen Local y disposiciones concordantes, así como la
normativa reguladora del abastecimiento de agua en todas sus especificaciones.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Primera.- A partir de la entrada en vigor del presente Reglamento, todos los usuarios deben adaptar su situación a lo que en
él se previene, investigando los servicios competentes del Ayuntamiento las situaciones de vulneración del mismo.
Para ello se fija un plazo de tres meses a partir del comienzo de su vigencia, transcurrido el cual se aplicarán de oficio sus
disposiciones.
Segunda.-Lo previsto en el párrafo anterior es sin perjuicio de los expedientes que actualmente se tramitasen contra
infractores de la normativa vigente, no suponiendo tampoco legalización de actuaciones que pudiesen calificarse como
infracciones a tenor de la normativa vigente, aunque no se hubiesen detectado por el Ayuntamiento.
DISPOSICIÓN FINAL
El presente Reglamento entrará en vigor una vez sea publicado su texto íntegro en el Boletín Oficial de la Provincia de
Badajoz y transcurra el plazo previsto en el artículo 65.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de las Bases del Régimen Local.
Higuera de Llerena, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Adrián Serrano Rebollo.- La Secretaría, Miguel Ángel Martínez
Mora.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
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