Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Torremejía. Organismo Autónomo Industrial Finca Los Castillejos (Fuente de Cantos). Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (06896/2023)
Aprobación definitiva de modificación de diversas ordenanzas fiscales
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Ayuntamiento de Torremejía

Anuncio 6896/2023

• Uso industrial:
1.º.- Cuota fija trimestral por cada contador de hasta 20 mm: 23,94 €.
2.º.- Cuota fija trimestral por cada contador superior a 20 mm: 26,63 €.
3.º.- Variable hasta 150 metros cúbicos: 1,330 €/metro cúbico.
4.º.- Variable superior a 150 metros cúbicos: 2,070 €/metro cúbico.

- Instalación de acometidas (enganches):
1.º.- Por todos los conceptos a excepción del contador: 78,15 €.
Las tarifas anteriores sufrirán un incremento, con efectos del 1 de enero de cada año, según la variación del
coste de la concesión, como prevé la cláusula del PCAP, sin necesidad de acudir al trámite de modificación de
la presente Ordenanza, salvo que se produzca alguna modificación sustancial que altere el equilibrio de los
costes e ingresos utilizados para la evaluación o apareciera algún elemento nuevo que se deba tener en
consideración.
- Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por recogida de residuos sólidos urbanos:
La modificación de dicha Ordenanza fiscal afecta al cuadro de tarifas que aparece en el artículo 5 de la
Ordenanza fiscal que quedará redactado del siguiente modo:

Categoría
Categoría 1: Viviendas (habitadas y deshabitadas).
Categoría 2: Naves, almacenes, cocheras independientes y solares.

Tarifa
108,00 €
60,00 €

Categoría 3: Locales comerciales, bares y oficinas.

144,00 €

Categoría 4: Locales industriales, hoteles, restaurantes, talleres y bancos.

180,00 €

Categoría 5: Viviendas habitadas exclusivamente por mayores de 65 años.

42,00 €

- Ordenanza fiscal reguladora de las tasas de cementerio municipal.
La modificación de dicha Ordenanza fiscal afecta a su anexo que queda redactado del siguiente modo:
Concesión de nichos: 500,00 €.
Concesión de columbarios: 200,00 €.
Licencia de enterramiento: 2,00 €.
Licencia de traslado de restos cadavéricos: 3,00 €.
Licencia para colocación de lápidas, cruces y otros símbolos mortuorios: 3,00 €.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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