Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valdecaballeros. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (06885/2023)
Aprobación definitiva del Reglamento de control interno simplificado del Ayuntamiento de Valdecaballeros
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Ayuntamiento de Valdecaballeros

Anuncio 6885/2023

Capítulo III. Del procedimiento para el ejercicio de la función interventora sobre gastos y pagos.
Sección 1.ª. Disposiciones comunes.
Artículo 10. Momento y plazo para el ejercicio de la función interventora.
Artículo 11. Fiscalización de conformidad.
Artículo 12. Fiscalización con reparos.
Artículo 13. Tramitación de discrepancias.
Sección 2.ª. Régimen especial de fiscalización e intervención limitada previa.
Artículo 14. Régimen de fiscalización e intervención limitada previa de requisitos básicos.
Artículo 15. Comprobación de requisitos básicos.
Artículo 16. Reparos y observaciones complementarias en la fiscalización e intervención limitada previa.
Sección 3.ª. De la fiscalización previa de la aprobación o autorización de gastos y de la disposición o compromiso de gasto.
Artículo 17. Régimen general.
Artículo 18. Exención de fiscalización previa.
Sección 4.ª. De la intervención previa del reconocimiento de la obligación y de la inversión.
Artículo 19. Intervención de la liquidación del gasto.
Artículo 20. Contenido de las comprobaciones.
Artículo 21. Intervención material de la inversión.
Sección 5.ª. De la intervención formal y material del pago.
Artículo 22. De la intervención formal del pago.
Artículo 23. Conformidad y reparo.
Artículo 24. De la intervención material del pago.
Sección 6.ª. De la fiscalización previa de las órdenes de pago a justificar y anticipos de caja fija.
Artículo 25. Fiscalización previa de las órdenes de pago a justificar.
Artículo 26. Fiscalización previa de las órdenes de pago de anticipos de caja fija.
Artículo 27. Especialidades en cuanto al régimen de los reparos.
Artículo 28. Intervención de las cuentas justificativas de los pagos a justificar y anticipos de caja fija.
Sección 7.ª. De la omisión de la función.
Artículo 29. De la omisión de la función interventora.
Título III. Del control financiero.
Capítulo I. Disposiciones generales.
Artículo 30. Objeto, forma de ejercicio y alcance.
Artículo 31. Actuaciones de control financiero.
Artículo 32. Colaboración en las actuaciones de auditoria pública.
Capítulo II. Del resultado del control financiero.
Artículo 33. Informes de control financiero.
Artículo 34. Destinatarios de los informes de control financiero.
Artículo 35. Informe resumen.
Artículo 36. Destinatarios del informe resumen.
Artículo 37. Plan de acción.

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El control interno, regulado en el artículo 213 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado
por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y desarrollado por el Real Decreto 424/2017, de 28 de abril, por el que
se regula el régimen jurídico del control interno en las entidades del sector público local, es el ejercido en las entidades
locales respecto de su gestión económica, y, en su caso, la de los organismos autónomos y de las sociedades mercantiles de
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