Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (06833/2023)
Publicación definitiva del Reglamento Regulador del Procedimiento de Gestión del Sistema Interno de Información y de la Política de Protección del Informante del OAR
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Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria

Anuncio 6833/2023

medios, previo consentimiento del informante:
- Mediante grabación de la conversación en formato seguro, duradero y accesible.
- Mediante una transcripción completa y exacta de la conversación realizada por el personal responsable de la
tramitación.
5. Salvo en el caso en que pudiera ponerse en peligro la confidencialidad de la información, el responsable del
sistema interno enviará acuse de recibo de la información al denunciante en el plazo de siete días naturales a
su recepción.
6. Al presentar la información, el informante podrá indicar un domicilio, correo electrónico o lugar seguro a
efectos de recibir las notificaciones, pudiendo asimismo renunciar expresamente a la recepción de cualquier
comunicación de actuaciones llevadas a cabo por el responsable del sistema.
Artículo 7.- Confidencialidad y anonimidad.
1. El responsable del sistema interno y todo el personal al servicio de este garantizarán, en todo momento, la
confidencialidad de la identidad de la persona denunciante, de la persona o personas denunciadas, así como
de los hechos que se relacionan.
2. Asimismo, la persona denunciante podrá, en cualquier caso, optar porque su información o denuncia tenga
carácter anónimo, de tal manera que tendrá derecho a no aportar ningún dato de carácter personal que
pueda identificarla.
Artículo 8.- Derechos y garantías de la persona informante.
1. La persona que aporte informaciones en el marco de este procedimiento tendrá los siguientes derechos y
garantías:
a) Decidir si desea formular la comunicación de forma anónima o confidencial. En este segundo
caso, se garantizará la reserva de identidad del informante, de modo que esta no sea revelada
al afectado ni a terceras personas.
b) Formular la comunicación verbalmente o por escrito a través de los canales y medios
establecidos para ello.
c) Indicar un domicilio, correo electrónico o lugar seguro donde recibir las comunicaciones que
realice el Responsable del sistema interno a propósito de la investigación; o, en su caso,
renunciar a este derecho de tal manera que no recibirá ninguna comunicación sobre la marcha
de las investigaciones.
d) Comparecer ante el responsable del sistema interno por propia iniciativa o cuando sea
requerido por esta, siendo asistido, en su caso y si lo considera oportuno, por abogado.
e) Solicitar que su comparecencia ante la misma sea realizada por videoconferencia u otros
medios telemáticos seguros que garanticen la identidad del informante, y la seguridad y
fidelidad de la comunicación.
f) Ejercer los derechos que le confiere la legislación de protección de datos de carácter
personal.
g) Conocer el estado de la tramitación de su denuncia y los resultados de la investigación, salvo
que hubiere renunciado a ello.
2. La presentación de una comunicación por la persona informante no le confiere, por sí sola, la condición de
interesado.
Artículo 9.- Recepción de informaciones.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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