Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Fuente del Maestre. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (06820/2023)
Aprobación definitiva de la Ordenanza municipal reguladora de gestión de residuos de construcción y demolición
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Ayuntamiento de Fuente del Maestre

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locales.
Asimismo, y de manera específica, se ha de tener en cuenta el Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula
la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición, y que define los conceptos de productor de residuos
de construcción y demolición, que se identifica, básicamente, con el titular del bien inmueble en quien reside la decisión
última de construir o demoler, y de poseedor de dichos residuos, que corresponde a quien ejecuta la obra y tiene el control
físico de los que se generan en la misma.
En el marco autonómico se ha dictado el Decreto 20/2011, de 25 de febrero, por el que se establece el régimen jurídico de la
producción, posesión, y gestión de los residuos de construcción y demolición en la Comunidad Autónoma de Extremadura,
que prevé que los ayuntamientos ejercerán a través de los servicios municipales correspondientes, de conformidad con lo
previsto en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, el control de la producción, de la gestión
y del destino de los residuos generados en el desarrollo de obras y actuaciones de construcción y demolición, sometidos a
intervención administrativa municipal previa, asimismo, atribuye competencia a los Ayuntamientos para establecer los
instrumentos y las actuaciones necesarias para llevar a cabo el control de la generación y del tratamiento de residuos de
construcción y demolición, en el marco de la legislación estatal y de la Comunidad Autónoma, mediante el dictado de
ordenanzas municipales.
Es este, precisamente, el objetivo de la presente Ordenanza: La regulación del procedimiento de autorización de entrega de
determinados residuos urbanos, concretamente residuos inertes procedentes de obras de demolición, construcción y
excavación, por parte del productor y/o poseedor al "gestor autorizado", figura definida en la propia Ley.
CAPÍTULO I.- DISPOSICIONES GENERALES.
Artículo 1.- Objeto.
La presente Ordenanza tiene por objeto regular aquellas acciones encaminadas a la gestión controlada de tierras,
escombros y restos de obra generados en obras de demolición, construcción y excavación con el fin de impedir los efectos
que estos residuos puedan tener sobre los recursos naturales, el medio ambiente y la calidad de vida.
Artículo 2.- Ámbito de aplicación.
Se incluyen en el ámbito de aplicación de esta Ordenanza los RCD generados en todo tipo de obra que precise licencia
urbanística de obras, que tengan lugar en el término municipal de Fuente del Maestre.
Se excluyen los siguientes residuos:
Residuos catalogados en la legislación vigente como "peligrosos"; en todo caso los que figuran en la
lista incluida en el Real Decreto 952/1997, así como los recipientes y envases que los hayan contenido;
los que hayan sido calificados como peligrosos por la normativa comunitaria y los que pueda aprobar
el Gobierno de conformidad con lo establecido en la normativa europea o en convenios
internacionales de los que España sea parte.
Enseres domésticos, maquinaria equipo industrial abandonado.
Residuos industriales incluyendo lodos y fangos.
Residuos procedentes de actividades agrícolas.
Residuos contemplados en la legislación sobre minas.
En general todos aquellos que según la legislación vigente se califican como "especiales" atendiendo a
sus características.
Todos los residuos a que se refiere el artículo 3.2 y 3.3 y 3.4 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos
y suelos contaminados para una economía circular.
Los residuos de construcción y demolición excluidos por el artículo 3 del Real Decreto 105/2008, de 1
de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición.
Artículo 3.- Normativa.
Las conductas reguladas por esta Ordenanza cumplirán las normas y demás disposiciones vigentes. En particular, y por su
especial vinculación con la materia objeto de la regulación, son de especial relevancia:
Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.
Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de residuos de la
construcción y demolición.
Ley 16/2015 de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura
Plan Integral de Residuos 2009-2015, texto aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros con fecha
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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