Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Delegación de Cultura, Deportes y Juventud. Servicio de Actividades Culturales y Deportivas (Badajoz). (06437/2023)
Extracto de las bases específicas con convocatoria reguladoras de subvenciones de la Diputación de Badajoz destinadas a las asociaciones sin fines de lucro de la provincia de Badajoz para la celebración de actividades deportivas durante el año 2024
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Delegación de Cultura, Deportes y Juventud

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a) Los proyectos subvencionados serán aquellos que, reuniendo los requisitos establecidos en la base
número 3, hayan obtenido una mayor valoración en la aplicación de los criterios que se exponen a
continuación, siempre teniendo como límites la cuantía total del crédito presupuestario asignado en la
convocatoria, el individual por proyecto y la cantidad solicitada, otorgándose las subvenciones por riguroso
orden de puntuación.
b) No se valorarán aquellos proyectos que incluyan gastos declarados no subvencionables en estas bases,
quedando excluidas las asociaciones que los presenten.
c) Las propuestas se evaluarán individualmente hasta un máximo de 100 puntos distribuidos sobre la base de
los criterios siguientes:
1.- Según la trayectoria de la asociación solicitante (hasta un máximo de 15 puntos):
1. Según el número de socios de la asociación:
Hasta 20 socios: 0 puntos.
De 21 socios a 200 socios: 1 punto.
De 201 socios a 350 socios: 2 puntos.
Más de 350 socios: 3 puntos.
2. Según la antigüedad de la asociación:
Hasta 5 años: 0.
De 6 a 10 años: 1 punto.
De 11 a 15 años: 2 puntos.
Más de 15 años: 3 puntos.
3. Que haya recibido subvención de la Diputación de Badajoz para un proyecto
similar en las dos últimas convocatorias de esta línea de subvenciones de los
años 2022 o 2023: 4 puntos.
4. Que el solicitante tenga experiencia de trabajo y trayectoria profesional en
proyectos de esa envergadura, habiéndose realizado una correcta ejecución y
justificación de proyectos de similar naturaleza en la Diputación de Badajoz u
otras instituciones en años anteriores: 2 puntos.
5. Según el ámbito territorial de actuación de la entidad solicitante, que debe
aparecer en sus estatutos:
Local: 1 puntos.
Comarcal: 2 puntos.
Provincial o superior: 3 puntos.
2.- Según el proyecto presentado (hasta un máximo de 50 puntos):
1. En función del ámbito geográfico de la ejecución del proyecto:
Ámbito local: 6 puntos.
Ámbito comarcal: 8 puntos.
Ámbito provincial: 12 puntos.
2. Que las actividades estén cofinanciadas con una aportación de la propia
entidad solicitante de:
Menos del 30% del presupuesto total de gastos subvencionables: 0
puntos.
Del 30% al 50% del presupuesto total de gastos subvencionables: 10
puntos.
Del 50,01% al 75% del presupuesto total de gastos subvencionables: 12
puntos.
Más del 75% con respecto al presupuesto total de gastos
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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