Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Delegación de Cultura, Deportes y Juventud. Servicio de Actividades Culturales y Deportivas (Badajoz). (06279/2023)
Bases específicas con convocatoria abierta reguladora de la concesión de subvenciones a municipios y entidades locales menores de la provincia de Badajoz para la realización del Programa de Dinamización Cultural 2024 de la Diputación de Badajoz
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Delegación de Cultura, Deportes y Juventud

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Base 7. Criterios de adjudicación.
A todos los municipios y entidades locales menores de la provincia de Badajoz que cumplan los requisitos establecidos en la
convocatoria se le concederá subvención para realizar 3 actividades culturales a elegir de entre las incluidas en la "Guía de
Artistas y Grupos de la Provincia de Badajoz".
Las cantidades a subvencionar a las entidades solicitantes tienen como límite la cuantía total del crédito presupuestario
asignado en la convocatoria, 725.000,00 euros, y el individual para cada actividad cultural realizada que no podrá superar la
cantidad de 1.331,00 euros (IVA incluido), en caso de tratarse de grupos profesionales, y 900,00 euros si se tratase de
asociaciones culturales o grupos no profesionales.
Base 8. Instrucción y resolución de la convocatoria abierta.
El procedimiento de concesión de la subvención será el de concurrencia no competitiva.
1.- Gestión e instrucción.
La gestión e instrucción de los expedientes se llevará a cabo por la Delegación de Cultura, Deportes y
Juventud que realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y
comprobación de los datos a valorar, para lo que podrá contar con la asistencia administrativa necesaria. El
órgano instructor del procedimiento será el Director/a del Área de Cultura, Deportes y Juventud.
Se establece una fase de preevaluación, donde el órgano instructor verificará el cumplimiento de los
requisitos impuestos para adquirir la condición de beneficiario de la subvención.
Examinada la documentación que consta en cada solicitud, el órgano instructor, en los supuestos en que la
solicitud o documentación presentada no reúnan los requisitos exigidos, requerirá al interesado para que, en
un plazo de 10 días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no
lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición conforme a lo dispuesto en el artículo 68 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Este trámite de subsanación de la solicitud se efectuará a través del registro electrónico ubicado en la sede
electrónica de Diputación de Badajoz en la dirección: https://sede.dip-badajoz.es/.
El acceso deberá realizarse con certificado digital de representación de la entidad local. Los pasos a seguir
para realizar el acceso son:
1. Entrar en la dirección: https://sede.dip-badajoz.es/.
2. Trámites entidades locales y AA.PP.
3. En trámites por delegaciones seleccionar Cultura, Deportes y Juventud.
4. Seleccionar el trámite Remisión de Documentación para la Subsanación de la Solicitud de
Subvención de Convocatorias de Concurrencia.
5. Identificarse con el certificado digital de representación de la entidad local.
6. Cumplimentar los datos correspondiente a la entidad local y al representante.
7. Cumplimentar el formulario correspondiente a la subsanación de la solicitud.
8. Adjuntar los anexos y/o documentos requeridos para la subsanación.
9. Verificar los datos del interesado y representante, la solicitud de subsanación y los anexos
y/o documentos adjuntados.
10. Firmar y finalizar.
Los anexos requeridos deberán ser los correspondientes a los modelos normalizados, que se podrán
descargar en las siguientes direcciones web:
https://www.dip-badajoz.es/diputacion/subvenciones/index.php.
https://www.dip-badajoz.es/contenidos/ofaa/index.php?cont=catalogo.
Una vez completados los expedientes, por parte del órgano instructor se elaborará un informe motivado de
preevaluación relativo a los mismos proponiendo la concesión de las subvenciones que procedan en función
de los artistas/grupos contratados y los cachés abonados por los ayuntamientos solicitantes, siendo elevado
dicho informe al órgano colegiado encargado de la valoración de los mismos.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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