Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Puebla de Obando. Delegación de Cultura, Deportes y Juventud. Servicio de Actividades Culturales y Deportivas (Badajoz). (06814/2023)
Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre los Vehículos de Tracción Mecánica
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Ayuntamiento de Puebla de Obando

Anuncio 6814/2023

Quinto.- Esta modificación entrará en vigor el 1 de enero de 2024.
Texto del artículo modificado de la Ordenanza:
"Artículo 6.º.- Cuota.
Coeficientes de incremento sobre las cuotas de tarifa:

a) Turismos

1,40

b) Autobuses

1,40

c) Camiones

1,40

d) Tractores

1,40

e) Remolques y semiremolques

1,40

f) Otros vehículos

1,40

"
Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer por los interesados recurso
contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura
con sede en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con
el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Puebla de Obando, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Juan Manuel Iglesias Carrillo.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
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