Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Puebla de Obando. Delegación de Cultura, Deportes y Juventud. Servicio de Actividades Culturales y Deportivas (Badajoz). (06814/2023)
Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre los Vehículos de Tracción Mecánica
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Ayuntamiento de Puebla de Obando
Anuncio 6814/2023
Quinto.- Esta modificación entrará en vigor el 1 de enero de 2024.
Texto del artículo modificado de la Ordenanza:
"Artículo 6.º.- Cuota.
Coeficientes de incremento sobre las cuotas de tarifa:
a) Turismos
1,40
b) Autobuses
1,40
c) Camiones
1,40
d) Tractores
1,40
e) Remolques y semiremolques
1,40
f) Otros vehículos
1,40
"
Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer por los interesados recurso
contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura
con sede en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con
el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Puebla de Obando, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Juan Manuel Iglesias Carrillo.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Quinto.- Esta modificación entrará en vigor el 1 de enero de 2024.
Texto del artículo modificado de la Ordenanza:
"Artículo 6.º.- Cuota.
Coeficientes de incremento sobre las cuotas de tarifa:
a) Turismos
1,40
b) Autobuses
1,40
c) Camiones
1,40
d) Tractores
1,40
e) Remolques y semiremolques
1,40
f) Otros vehículos
1,40
"
Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer por los interesados recurso
contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura
con sede en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con
el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Puebla de Obando, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Juan Manuel Iglesias Carrillo.
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