Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Puebla de Obando. Delegación de Cultura, Deportes y Juventud. Servicio de Actividades Culturales y Deportivas (Badajoz). (06815/2023)
Aprobación definitiva de modificación de la Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre los Bienes de Naturaleza Urbana y Rústica
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Ayuntamiento de Puebla de Obando

Anuncio 6815/2023

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Puebla de Obando
Puebla de Obando (Badajoz)
Anuncio 6815/2023
Aprobación definitiva de modificación de la Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre los Bienes de Naturaleza
Urbana y Rústica

APROBACIÓN DEFINITIVA
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de información pública, queda automáticamente elevado a
definitivo el acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de Puebla de Obando sobre la modificación de la Ordenanza
fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4
del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo.
Texto del acuerdo:
"Primero.- Aprobar provisionalmente la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre
Bienes Inmuebles en los siguientes términos.
Redacción actual del artículo 9.3:
"Artículo 9.3.3.- Los tipos de gravamen aplicables en este municipio serán los siguientes:
B) Bienes inmuebles de naturaleza urbana:
1.º. Tipo de gravamen general: 0,46 %.
b) Bienes inmuebles de naturaleza rústica: 0,8 %.
c) Bienes inmuebles de características especiales: 1,30 %."

Redacción que se propone:
"Artículo 9.3.3.- Los tipos de gravamen aplicables en este municipio serán los siguientes:
B) Bienes inmuebles de naturaleza urbana:
1.º. Tipo de gravamen general: 0,54 %.
b) Bienes inmuebles de naturaleza rústica: 0,8 %.
c) Bienes inmuebles de características especiales: 1,30 %."

Segundo.- Exponer al público el anterior acuerdo mediante anuncio que se insertará en el tablón de anuncios
municipal durante el plazo de treinta días hábiles, a contar desde el siguiente al de publicación de dicho
anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, dentro del cual los interesados podrán examinar el expediente y
presentar las alegaciones que estimen oportunas.
Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de esta entidad [dirección
https://puebladeobando.sedelectronica.es].
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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