Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Olivenza. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (06773/2023)
Bases y convocatoria para la provisión en comisión de servicios de dos plazas vacantes de Agente de la Policía Local del Ayuntamiento de Olivenza
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Ayuntamiento de Olivenza

Anuncio 6773/2023

la oposición, tuviera cabida en el número de plazas convocadas, a consecuencia de la referida anulación.
6. Nombramiento en comisión de servicios: El nombramiento deberá producirse el día siguiente al del cese en su
Ayuntamiento de referencia, el cual deberá efectuase en el plazo máximo de tres días a contar desde la notificación de la
resolución de comisión de servicios.
Novena. Impugnación y revocación de la convocatoria.
1. El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que puedan presentarse y adoptar las soluciones, criterios o
decisiones necesarias para el buen orden de la oposición en aquellos aspectos no previstos en estas bases, siendo en todo
caso aplicable la normativa relacionada en la base segunda de la presente convocatoria, así como las demás normas
concordantes de general aplicación.
2. Contra la presente convocatoria, las bases por las que se rige, cuantos actos administrativos se deriven de las mismas y de
las actuaciones del Tribunal se podrán formular impugnaciones por los/as interesados en los casos y forma establecido por
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común, así como, en su caso, en la Ley Reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-administrativa.
3. En lo no previsto en las bases será de aplicación la Ley 7/2017, de 1 de agosto, de Coordinación de Policías Locales de
Extremadura; el Decreto 64/2022, de 8 de junio, por el que se regulan los sistemas de selección, la provisión de puestos y la
movilidad de las Policías Locales de Extremadura, así como el Tribunal Único; la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función
Pública de Extremadura y el Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado
y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del
Estado aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
Décima. Tratamiento de datos.
De conformidad con lo establecido en el Reglamento General de Protección de Datos, los datos aportados de las personas
seleccionadas, pasarán a formar parte de los ficheros del Ayuntamiento de Olivenza, con el fin de integrarse en los sistemas
de gestión e información.
Disposición final.
Las presentes bases están a disposición de las personas interesadas en su sede electrónica https://sede.olivenza.es/.
__________________
ANEXO I
(Modelo solicitud)
Don/doña _____________________________________, vecino/a de __________________, teléfono de contacto __________, con domicilio
en calle ____________________, número__________, comparece ante VS, por el presente escrito y como mejor proceda:
EXPONE:
Que teniendo conocimiento de la convocatoria pública efectuada por el Ayuntamiento de Olivenza para la provisión de dos
plazas de Agentes de Policía local publicada en el BOP de Badajoz con fecha _____/_____/_____ a través del sistema de
comisión de servicio y reuniendo todos y cada uno de los requisitos exigidos en la convocatoria y en particular los recogidos
en la base segunda.
SOLICITA:
Tomar parte de las pruebas selectivas de esta convocatoria, aceptando íntegramente el contenido de las bases, las cuales
declara conocer, comprometiéndose a su cumplimiento estricto.
Olivenza, a fecha de la firma digital.- El Alcalde-Presidente, Manuel José González Andrade.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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