Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (06751/2023)
Aprobación del Plan Estratégico de Subvenciones 2024
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Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros

Anuncio 6751/2023

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros
Jerez de los Caballeros (Badajoz)
Anuncio 6751/2023
Aprobación del Plan Estratégico de Subvenciones 2024

El Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 30 de noviembre 2023, adopta el siguiente,
ACUERDO:
Primero.- Aprobar el Plan Estratégico de Subvenciones para el ejercicio 2024, junto con el anexo, que se transcriben a
continuación:
"PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES 2024
PREÁMBULO
La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (LGS), supone un paso más en el proceso de
perfeccionamiento y racionalización del sistema económico. Uno de los principios que rige la Ley es el de la transparencia
que, junto con la variedad de instrumentos que se articulan en la ley, redunda de forma directa en un incremento de los
niveles de eficacia y eficiencia en la gestión del gasto público subvencional.
El artículo 8.1 LGS establece que los órganos de las administraciones públicas o cualesquiera entes que propongan el
establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un Plan Estratégico de Subvenciones los
objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus
fuentes de financiación.
A su vez, la disposición final primera LGS dispone que el referido artículo tiene carácter básico, resultando de aplicación a
todas las administraciones públicas.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 11.4 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el
Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, los planes estratégicos contendrán
previsiones para un periodo de vigencia de tres años, salvo que por la especial naturaleza del sector afectado, sea
conveniente establecer un plan estratégico de duración diferente.
Declarada la constitucionalidad del citado artículo 8.1 LGS, mediante Sentencia del TC de 4 de junio de 2013; procede aplicar
respecto a dicho artículo la jurisprudencia consolidada del Tribunal Supremo (Sentencias de 4 de diciembre de 2012, de 26
de junio de 2012, de 28 de enero de 2013, de EDJ 2013/6647, de 16 de abril de 2013), que considera que dicho precepto
tiene carácter básico y llega a las siguientes conclusiones:
- El Pan Estratégico tiene carácter previo al establecimiento de cualquier subvención; y el precepto es
imperativo y categórico, siendo un requisito esencial y previo a la regulación de la subvención, de tal forma
que requiere una formalización o instrumentalización externa.
- En todo caso, la concesión de subvenciones debe supeditarse al cumplimiento de los objetivos de estabilidad
presupuestaria.
Por ello, el Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones para el período 2024, cuyo
articulado figura a continuación.
CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. Régimen Jurídico.
La concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros durante el período 2024, se ajustará a lo
dispuesto en el presente Plan Estratégico.
Artículo 2. Requisitos para la concesión de subvenciones.
La concesión de subvenciones requerirá la inclusión previa de las consignaciones correspondientes en los presupuestos
municipales de cada año y la aprobación de las convocatorias que contengan las bases reguladoras de su concesión.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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