Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valverde de Leganés. (06731/2023)
Aprobación definitiva de ordenanzas fiscales reguladoras de diferentes tasas municipales
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Ayuntamiento de Valverde de Leganés

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Ordenanza fiscal reguladora de la tasa de basura
Viviendas de carácter familiar

44,00 €

Bares, cafeterías, comercios, fábricas, cooperativas, talleres, almacenes o similares

63,00 €

Supermercados, hoteles o análogos

63,00 €

MODIFICACIÓN ORDENANZA REGULADORA POR ENTRADA DE VEHÍCULOS A TRAVÉS DE LAS ACERAS Y RESERVAS DE VÍA
PÚBLICA PARA APARCAMIENTO
Artículo 6.- Cuota tributaria.

Por entrada de vehículos a través de las aceras y reservas de vía pública para aparcamiento
Entrada de vehículos

9,71 €

Vado Permanente

42,47 €

Vado permanente + Reserva de vía para aparcamiento

63,70 €

MODIFICACIÓN ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR OCUPACIÓN DE LA VÍA PÚBLICA CON MERCANCÍAS,
MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN, ESCOMBROS, VALLAS, PUNTALES, ASNILLAS, ANDAMIOS Y OTRAS INSTALACIONES
ANÁLOGAS
Artículo 5.1. Las tarifas a aplicar serán las siguientes:

Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por ocupación de la vía pública con mercancías, materiales de construcción,
escombros, vallas, puntales, asnillas, andamios y otras instalaciones análogas
Andamios, grúas, materiales de construcción o cualquiera otras instalaciones
(m2/dia)

1,32 €

Vallas u otras instalaciones adecuadas para la protección de la vía pública y sus
usuarios (m2/dia)

0,36 €

Expositores (m2/dia)

0,36 €

MODIFICACIÓN ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR OCUPACIÓN DE LA VÍA PÚBLICA
Artículo 7.- Se tomará como base imponible de la presente tasa.
El uso adjudicado de espacios situados en el centro de emprendimiento municipal:

ordenanza fiscal reguladora de la tasa por ocupación de la vía
pública

Con carnet municipal

Sin carnet municipal

Espacios situados en el centro de emprendimiento municipal
tamaño estándar

Año 1: 30,00€
Año 2: 40,00 €
Año 3 y siguientes: 50,00


Año 1: 60 €
Año 2: 80 €
Año 3 y siguientes: 100 €

Espacios situados en el centro de emprendimiento municipal
tamaño superior

Año 1: 45,00 €
Año 2: 60,00 €
Año 3 y siguientes: 75,00


Año 1: 90,00 €
Año 2: 120,00 €
Año 3 y siguientes:
150,00 €

Espacios situados en los huertos ecológicos municipales

10,00 € /mes

20,00 €/mes

MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LOS SERVICIOS FUNERARIOS
Artículo 5.- Cuotas. Se modifica la cuota tributaria de la tasa:

Ordenanza fiscal reguladora de los servicios funerarios
1. Apertura de nichos:

91,00 €

2. Cierre de nichos:

91,00 €

3. Apertura y cierre si se trata de un nicho viejo:

182,01 €

4. Apertura, cierre y traslado de restos a un nicho nuevo:

273,01 €

5. Apertura, cierre y traslado de restos a un nicho viejo:

364,02 €

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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