Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalvillar de Pela. (06669/2023)
Aprobación definitiva de la Ordenanza municipal reguladora y fiscal sobre gestión de residuos de la construcción y demolición en el centro de almacenamiento de RCD y el punto limpio
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Ayuntamiento de Navalvillar de Pela

Anuncio 6669/2023

3. Si se considera que el presupuesto ha sido elaborado de modo infundado a la baja, el órgano competente podrá elevar el
importe de la fianza, requiriendo al solicitante la constitución del resto correspondiente.
4. La fianza podrá hacerse efectiva por el solicitante en las formas previstas en la legislación correspondiente.
5. Las obras de promoción pública también están sujetas al cálculo y depósito de la fianza.
Artículo 20.- Devolución de la fianza en obras mayores y exoneración de responsabilidad en obras menores o comunicación
previa.
1. En las obras sujetas a licencia urbanística (obra mayor), finalizada la obra el productor tendrá un plazo de 30 días
naturales a partir de la entrega del último certificado, de aceptación por el gestor, para presentar la relación completa de
certificados de aceptación de RCD ante el órgano competente del Ayuntamiento, y poder proceder a la devolución de la
fianza o garantía financiera equivalente, siempre que su titular acredite de manera fehaciente una correcta gestión de los
residuos generados, mediante la presentación del correspondiente certificado de gestión, establecido en el artículo 19 del
decreto 20/2011, de 25 de febrero, por el que se establece el régimen jurídico de la producción, posesión y gestión de los
residuos de construcción y demolición en la Comunidad Autónoma de Extremadura, emitido al efecto por un gestor
autorizado de residuos de construcción y demolición.
Igualmente se presentará para la devolución de la fianza, certificado de la Dirección Facultativa de las obras, por medio del
cual quede constancia, de que se ha llevado a cabo, en el lugar de las obras, el Plan de Gestión de Residuos, por parte del
poseedor de los mismos.
De esta manera, el productor solicitará la devolución de la fianza, para lo cual deberá aportar:
— Modelo normalizado de devolución de fianza.
— Acreditación de la gestión de los residuos generados, mediante la presentación del correspondiente
certificado de gestión, establecido en el artículo 19 del Decreto 20/2011, de 25 de febrero, por el que se
establece el régimen jurídico de la producción, posesión y gestión de los residuos de construcción y
demolición en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
— Certificado de la Dirección Facultativa de las obras, por medio del cual quede constancia, de que se ha
llevado a cabo, en el lugar de las obras la gestión de residuos por parte del poseedor de los mismos.
— Fotocopia del depósito de la fianza.
A la vista de lo aportado, el Ayuntamiento comparará los datos correspondientes a los certificados de aceptación con la
previsión realizada a través del estudio de gestión de residuos de construcción y demolición, y comprobará que los
documentos recibidos que acreditan que los residuos de construcción y demolición realmente producidos en sus obras han
sido gestionados, sean acordes con lo estipulado en el plan de gestión de los residuos de construcción y demolición.
Si no son congruentes se pedirá una justificación satisfactoria y una vez obtenida se devolverá la fianza, pero si no se
obtiene se bloqueará la devolución de la fianza.
La devolución de la fianza se hará efectiva previo informe verbal o documental del técnico municipal en el que se acredite la
congruencia entre la solicitud de licencia y las obras realizadas, que han sido cumplidos los requisitos documentales en
cuanto a la presentación de proyecto técnico específico y haya sido aportado el preceptivo certificado final de obras suscrito
por técnico competente.
2. En las obras no sujetas a licencia urbanística (obra menor o actos de comunicación previa), el productor deberá constituir
la fianza en el Ayuntamiento del término municipal donde se realicen las obras y en el caso de obras lineales o aquellas que
afecten a varios términos municipales, ante el órgano competente en materia ambiental de la Junta de Extremadura. De esta
manera, para su devolución deberá presentar:
— Modelo normalizado de devolución de fianza.
— Acreditación de la gestión de los residuos generados, mediante la presentación del correspondiente
certificado de gestión en gestor autorizado, centro de transferencia o punto limpio.
— Fotocopia del depósito de la fianza.
En la obra menor o actos de comunicación previa, una vez finalizadas las obras, el productor tendrá un plazo de 30 días
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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