Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalvillar de Pela. (06669/2023)
Aprobación definitiva de la Ordenanza municipal reguladora y fiscal sobre gestión de residuos de la construcción y demolición en el centro de almacenamiento de RCD y el punto limpio
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Ayuntamiento de Navalvillar de Pela

Anuncio 6669/2023

c) Referente a la gestión:
- Instalaciones de las que disponga para la realización de la actividad, tipo, ubicación y demás
datos referentes a las mismas.
- Condiciones de funcionamiento y operaciones realizadas para la gestión del servicio.
- Medios personales y cualificación de los mismos.
- Materiales de que dispongan (los camiones y contenedores) deberán inscribirse en el Registro.
- Sobre el gestor inmediato o final se indicará: Su identificación, número de autorización o
identificación fiscal, documento o certificado de aceptación de los residuos.

2. A la solicitud de inscripción en el Registro de Gestores del Ayuntamiento se le deberá adjuntar adicionalmente toda
aquella documentación en vigor que se estime conveniente por los servicios municipales y como mínimo la siguiente:
- Impuesto de Actividades Económicas.
- Licencia de actividad, proyecto de licencia de actividad.
- Justificación de las correspondientes autorizaciones administrativas, de la clasificación empresarial y de
encontrarse al corriente del pago de los impuestos locales.
- Justificación de la constitución del registro documental interno.
- Número de cubas.
- Para el transporte, seguro que cubra posibles daños a terceros.
- Licencia de transportista.
- Ficha técnica del vehículo, con implementos.
- Cualquier otro dato requerido por los servicios municipales relativos a la gestión.
3. Aquellos gestores de RCD que realicen actividades puntuales o esporádicas al amparo de una licencia de obra o contrato
de servicio podrán solicitar la inscripción aportando la correspondiente licencia o contrato, siendo la autorización vigente
hasta la terminación de la obra, pudiendo solicitar prórroga de la autorización si el tiempo para acabar la citada obra se
amplía. La baja en el Registro será automática una vez finalice la obra o el servicio. Los gestores deberán aportar justificante
de la gestión realizada.
Artículo 16.- Registro documental interno de los gestores autorizados.
1. Los gestores autorizados deberán llevar un registro documental interno, que pondrán a disposición de los servicios
municipales en el caso de ser requerido para ello.
2. En el registro documental interno se hará constar obligatoriamente la siguiente información sobre cada obra que
gestione:
- Productor o poseedor de los RCD que gestiona.
- La cantidad y origen de los RCD
- Método de gestión a que se someten los RCD
- Medios de transporte.
- Frecuencia de prestación.
- Destino de los RCD

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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