Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Montijo. Área de Transición Ecológica (Badajoz). (06601/2023)
Bases reguladoras del programa de ayudas destinadas a asociaciones, clubes y entidades deportivas de Montijo para el desarrollo y promoción de su actividad deportiva 2023
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Ayuntamiento de Montijo

Anuncio 6601/2023

Ref.
B-4

Documentación
Ligas Regulares: Certificado o documento acreditativo de la Federación correspondiente en el cuál se refleje
la participación en la Competición oficial en la temporada 2022 (si es por año natural) o en la temporada
22/23 (si abarca dos años diferentes).
Ligas o Copas Abiertas (aquellas que no es obligatorio participar en todo el calendario ni en todas las
pruebas): Certificado o documento acreditativo de la Federación correspondiente en el cuál se refleje que el
Club ha participado en al menos 4 de las pruebas que la componen en la temporada 2022 (si es por año
natural) o en la temporada 22/23 (si abarca dos años diferentes).
Campeonatos Oficiales (Aquellos que se celebran una sola vez en una fecha concreta_1/2/3 días):
Certificado o documento acreditativo de la Federación correspondiente en el cuál se refleje que el Club ha
participado en el año 2022, identificando los/as deportistas asistentes y sus resultados.
En caso de que no exista liga o campeonato: Certificado o documento acreditativo de la Federación
correspondiente en el cuál se refleje que el Club ha participado en al menos 4 pruebas en el año 2022 (con
un mínimo de 4 deportistas en cada prueba).

B-5.1 Certificado o documento acreditativo de la Federación correspondiente en el cuál se reflejen que el evento
o prueba deportiva estaba federada, así como que se ha celebrado.

B-5.2 Cartel y reglamento de la prueba, resultados de la competición, y documentación gráfica de medios de
comunicación o redes sociales de que dicho evento o prueba deportiva se ha celebrado.
B-5.3 Cartel y reglamento de la prueba, señalando el apartado específico en el que hace referencia a este
apartado.
B-6

El Ayuntamiento lo comprobará de oficio

B-7

Fotografías de competiciones oficiales en los que se aprecie la vestimenta de competición oficial de la
Entidad.

B-8

Fotocopia compulsada de documento con el número de Registro de Entidades Deportivas de la Junta de
Extremadura.
*Si la Entidad fue beneficiaria de la Ayuda en la convocatoria 2022, el Ayuntamiento comprobará de oficio
este apartado.

El incumplimiento de alguno de los requisitos generales establecidos en la Base Segunda, determinará la exclusión del/la
solicitante para ser beneficiario/a, con preclusión de su derecho de ser incluido como posible adjudicatario/a de la ayuda, así
como se le tendrá desistido de su solicitud sin más trámite.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, podrá requerirse al solicitante, en el plazo improrrogable de 2 días
hábiles, para que aporte la documentación omitida, o modifique en su caso, la presentada si resultase procedente.
Transcurrido dicho plazo y no habiendo cumplimentado el interesado lo solicitado se la tendrá por desistido de la solicitud
presentada.
Toda la documentación presentada se entenderá confidencial y de uso reservado del Ayuntamiento de Montijo.
En cualquier caso, la Comisión de Valoración del Ayuntamiento de Montijo valorará la documentación aportada por los
solicitantes, que será propuesta para su aprobación por la Junta de Gobierno Local.
Sexta.- Comisión Técnica Evaluadora.
La Junta de Gobierno Local del municipio nombrará una Comisión Técnica Evaluadora que valorará toda la documentación
aportada, elaborará un informe con los resultados obtenidos de todas las propuestas recibidas, y lo trasladará a la Junta de
Gobierno Local del municipio para su aprobación definitiva.
Séptima.- Resolución.
La Junta de Gobierno Local del municipio evaluará las solicitudes presentadas según los criterios establecidos en esta
convocatoria, pudiendo pedir informes y/o aclaraciones a los solicitantes, referentes a la actividad objeto de subvención. Del
mismo modo, expresará en los plazos preestablecidos la relación de interesados, la cuantía de la subvención o ayuda
económica concedida, y notificará a los beneficiarios el acuerdo que les afecte. El Ayuntamiento de Montijo hará públicas las
becas o ayudas concedidas, como la relación de solicitudes desestimadas en el tablón de anuncios de su sede, así como en
su página web https://ayuntamientomontijo.org/.
El plazo máximo de resolución será de cinco meses contados a partir del día siguiente a aquel en que finalice el plazo de
presentación de solicitudes. Si transcurrido dicho plazo no hubiera recaído resolución expresa, las solicitudes presentadas
podrán entenderse desestimadas por silencio administrativo, sin perjuicio de la obligación de resolver.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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