Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Montijo. Área de Transición Ecológica (Badajoz). (06600/2023)
Bases reguladoras para la concesión de becas a los/as deportistas y entrenadores/as individuales montijanos/as 2023
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Ayuntamiento de Montijo

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Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, podrá requerirse al solicitante, en el plazo improrrogable de 2 días
hábiles, para que aporte la documentación omitida, o modifique en su caso, la presentada si resultase procedente.
Transcurrido dicho plazo y no habiendo cumplimentado el interesado lo solicitado se la tendrá por desistido de la solicitud
presentada.
Toda la documentación presentada se entenderá confidencial y de uso reservado del Ayuntamiento de Montijo.
En cualquier caso, la Comisión de Valoración del Ayuntamiento de Montijo valorará la documentación aportada por los
solicitantes, que será propuesta para su aprobación por la Junta de Gobierno Local.
Cuarta.- Obligaciones de los/as beneficiarios/as.
• Llevar a cabo la actividad objeto de la beca según las condiciones establecidas.
• Someterse a cuantas actuaciones de comprobación y control se consideren necesarias por parte del
municipio, aportando toda la información que le sea requerida en el ejercicio de dichas actuaciones.
• Cumplir con la Ley Antidopaje vigente (si el municipio lo estima pertinente, el beneficiario deberá someterse
a los controles que le solicite, o bien vendrá obligado a acreditar el cumplimiento mediante
informe/certificado médico).
• Comprometerse a obrar y cumplir, en todo momento, con reglas y valores del "Juego Limpio", publicados
por el Consejo Superior de Deportes.
• Colaborar con el municipio en aquellos programas deportivos para el que sean requeridos a efectos de
promoción y extensión deportiva.
• Participar en eventos deportivos para el que sean requeridos con fines benéficos y/o promociones
organizadas y/o participadas por el municipio.
• Aceptar todas las condiciones relativas al uso gratuito de las instalaciones deportivas municipales que se
dicten desde el Ayuntamiento de Montijo, en cuanto a horarios de utilización se refiere, forma de acceso a las
mismas, y cumplimiento de las ordenanzas y reglamentos de utilización vigentes.
• Presentar justificación del gasto en las condiciones establecidas en la base octava, por un importe mínimo
igual al del importe de la beca concedida.
Se consideran gastos válidos para justificar la beca concedida:
• Gastos derivados del abono de las licencias federativas.
• Gastos derivados de la adquisición y compra de material y equipamiento técnico deportivo para el
entrenamiento y la competición.
• Gastos derivados de los desplazamientos necesarios para la consecución de los objetivos deportivos
previstos.
• Revisiones médicas, pruebas de esfuerzo, y otros que puedan ser reconocidos como indispensables para la
consecución de los objetivos deportivos previstos.
• En ningún caso se tendrá en cuenta las facturas derivadas de productos farmacéuticos y protésicos.
Quinta.- Criterios de concesión.
Se valorarán los mejores resultados del 2022 (año natural). A cada resultado se le aplicará la puntuación que se establece en
la tabla de puntuación de estas bases.
En el supuesto caso de que un deportista tuviese licencia federativa en más de una modalidad deportiva, sólo se podrá
solicitar incentivo para una de ellas.
Los resultados que se valorarán serán los obtenidos en la modalidad elegida para solicitar el incentivo. En el supuesto de
que un deportista se hubiese lesionado, teniendo mínima o estando clasificado para asistir y participar en algunos de los
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