Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Herrera del Duque. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (06597/2023)
Bases específicas reguladoras para la concesión de subvenciones a asociaciones locales
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Ayuntamiento de Herrera del Duque

Anuncio 6597/2023

6.- Valoraciones objetivas de los proyectos.
a. Comisión de Valoración:
La Comisión de Valoración la conformará la Junta de Gobierno Local, formada por:
Alcalde.
Concejala de Ciudadanía y Participación.
Concejal de Agricultura, Ganadería, Urbanismo, Salud y Seguridad Ciudadana.
Concejal de Hacienda, Turismo y Deporte.
Secretaria.
b. Criterios de Valoración:
Participación en las actividades propuestas por el Ayuntamiento.
Actividades propias donde haya falta de actividades análogas.
Ámbito, alcance y destinatarios de las actividades (miembros de la asociación y otros colectivos).
Actividades que posibiliten la participación ciudadana.
Actividades con un marcado interés social.
Número de actividades programadas anualmente.
Número de personas asociadas y número de personas que participen activamente en las diferentes eventos del
Ayuntamiento y propios.
Aportación de recursos propios (económicos, materiales o humanos) de la asociación solicitante para la ejecución de
la actividad.
Actividades que no solapen las programadas por el Ayuntamiento ni por otras asociaciones.
8.- Plazo de resolución.
Una vez analizadas las solicitudes, la Concejalía de Participación Ciudadana puede realizar de oficio cuantas actuaciones
estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe
pronunciarse la resolución, e inmediatamente antes de redactar la propuesta de resolución, podrá concederse a las
asociaciones interesadas un plazo de tres días para subsanación de deficiencias.
El órgano competente, en base a la propuesta de la Concejalía de Participación Ciudadana, resolverá en el plazo máximo de
diez días a partir de la fecha de la propuesta de resolución, estimando las solicitudes a las que se les haya otorgado mayor
valoración, siempre que reúnan los requisitos determinados en la convocatoria Y hasta que se extinga el crédito
presupuestario, indicando su cuantía y los criterios de valoración seguidos para efectuarla.
9.- Cuantía de la subvención.
La cantidad total de la presente convocatoria es de 15.000,00 euros, y se cargará al crédito presupuestario denominado
"Subvenciones Asociaciones".
10.- Obligaciones de las asociaciones beneficiarias.
Son obligaciones:
A. Realizar las actividades que fundamenten la concesión de la subvención antes del 31 de diciembre de 2023.
B. Acreditar ante el Ayuntamiento la realización de la actividad así como el cumplimiento de los requisitos y
condiciones que determinen la concesión o disfrute de la ayuda.
C. El sometimiento a las actuaciones de comprobación del ayuntamiento y a las de control financiero que
corresponden a la Intervención municipal en relación con las subvenciones y ayudas concedidas y a las
previstas en la legislación del Tribunal de Cuentas.
D. Comunicar con carácter inmediato al Ayuntamiento la obtención de subvenciones o ayudas para la misma
finalidad, procedentes de otras Administraciones Públicas, o de otras instituciones públicas u organizaciones
privadas, nacionales o internacionales.
E. En la publicidad de las actividades subvencionadas se deberá hacer constar explícitamente la colaboración
del Ayuntamiento de Herrera del Duque, incluyendo los logotipos del mismo. El material de difusión
elaborado para las actividades se deberán adjuntar en la memoria justificativa.
F. No se autorizan cambios de destino de las subvenciones concedidas.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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