Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Don Benito. Área de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio (Badajoz). (06574/2023)
Reglamento de régimen interno para el programa de formación en alternancia con el empleo Escuela Profesional Dual "VEGALCAB"
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Ayuntamiento de Don Benito

Anuncio 6574/2023

la entidad promotora tenga conocimiento de las mismas.
PROCEDIMIENTO:
1) Comunicación por escrito a la entidad promotora por parte del Director/a de los hechos que motivan la
falta.
2) Comunicación por escrito al trabajador/a informándole de la apertura de expediente disciplinario, haciendo
constar la fecha y los hechos que lo motivan.
3) Se dará audiencia al interesado/a por plazo de 10 días, para constatación de los hechos, y para que efectúe
las alegaciones o aporte la documentación que tenga por conveniente en su descargo.
4) El Director/a dará traslado de la propuesta de sanción a la entidad promotora.
6) La Alcaldesa del Ayuntamiento de Don Benito (entidad promotora del Proyecto), dictará resolución al
respecto; debiendo ser notificada al interesado/a y en la que deberán constar los siguientes datos:
a) Descripción de los hechos así como la fecha en que se produjeron.
b) Indicación de la categoría de falta que corresponde a los hechos según lo tipificado dentro
del Reglamento de régimen interno.
c) Comunicación del recurso.
6) El trabajador/a tendrá derecho a apelar la sanción, presentando por escrito y dentro de un plazo de tres
días hábiles desde la notificación, las alegaciones oportunas.
En el caso de faltas muy graves (baja definitiva), requerirá la tramitación establecida en la normativa concordante de
programas innovadores de empleo de Extremadura.
Artículo 14. Régimen jurídico, jurisdicción competente, entrada en vigor, vigencia y modificación/reforma.
a) Régimen jurídico: En lo establecido en el presente Reglamento interno, se estará a lo dispuesto en la
legislación laboral, legislación de régimen local, normativa del Organismo Autónomo del Servicio Extremeño
Público de Empleo (Decreto 96/2015,de 5 de julio, por el que se regulanlos programas de formación en
alternancia con el empleo "escuelas profesionales de Extremadura" y "unidades de promoción y desarrollo" y
se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones destinadas a dichos programas, en el
ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y demás aplicable, en lo que proceda por la Ley 13/2015,
de 8 de abril, de función pública de Extremadura.
b) Jurisdicción competente: La jurisdicción social, es la competente para conocer acerca de las cuestiones que
concierne a las relaciones laborales que se pueden suscitar entre la Entidad Promotora y los/as alumnos/astrabajadores/as, así como entre ésta y los integrantes del equipo formativo.
c) Entrada en vigor: El presente Reglamento, entrará en vigor una vez haya sido aprobado íntegramente por el
Ayuntamiento de Don Benito, entidad promotora y contratante del Proyecto.
d) Vigencia: Se mantendrá vigente hasta la finalización del Proyecto formativo del programa escuela
profesional "Vegalcab", todo ello sin perjuicio de las disposiciones legales aplicables.
e) Modificación/reforma: La entidad promotora a iniciativa propia o a requerimiento de la Dirección del
Proyecto escuela profesional dual, podrá acordar las modificaciones que se estimen convenientes al presente
Reglamento interno, con sujeción a los trámites establecidos para su aprobación, y observancia de las
disposiciones legales vigentes. Quedan exceptuadas las modificaciones que se consideran impuestas y
directamente aplicables por reformas que se produzcan durante su vigencia en la normativa que regule la
materia.
En Don Benito, a fecha de la firma digital.- La Alcaldesa, María Fernanda Sánchez Rodríguez.

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